La caución sienta antecedentes en las demandas de paralización

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León

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El aluvión de recursos contra las autorizaciones a los parques eólicos de varias provincias de la comunidad cuenta ya con un antecedente, aceptado además por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el que se contempla la necesidad de establecer una caución. Una garantía «para responder o para paliar o evitar los posibles daños causados con la medida cautelar» que solicitaban los demandantes.

La medida fue adoptada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria a comienzos de este año, ante una demanda que solicitaba la paralización de las obras en marcha de dos parques eólicos, por considerar que varias aves rapaces se verían afectadas por los aerogeneradores. Para cuantificar la caución (que el magistrado decidió salomónicamente, la mitad de lo que solicitaba la empresa afectada) se tuvieron en cuenta los gastos que generaría la suspensión de las obras, así como las posibles pérdidas por el retraso en la venta de energía y el coste de los avales solicitados.

El auto judicial ya explica que se puede exigir la caución según establece la ley: «Salvo que expresamente se disponga otra cosa, el solicitante de la medida cautelar deberá prestar caución suficiente» para responder de los eventuales daños causados por la medida si finalmente esta no es adecuada.

En aquel caso la caución solicitada alcanzaba casi los 1,3 millones de euros, lo que hizo desistir a los demandantes de presentar su reclamación. Fuentes consultadas señalan que por ejemplo en el caso de que las obras de Valdesamario se hubieran paralizado por más tiempo, lo que hubiera impedido concluirlas en el periodo habilitado este año (hasta diciembre, para respetar después la época de celo y cría del urogallo) y extendido la construcción al próximo verano, la caución podría haberse establecido en 3,6 millones de euros. Una cifra realmente disuasoria si los demandantes no están realmente convencidos de sus argumentos.

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