Diario de León

León tarda hasta cinco veces más que La Bañeza en resolver un mismo juicio

Los asuntos que atienden los juzgados bañezanos «justifican su permanencia».

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A. Domingo | Redacción
León

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El número de asuntos y resoluciones dictados por los dos juzgados de La Bañeza así como la rapidez en su resolución son las principales alegaciones que ha presentado la Asociación para la Defensa del Partido Judicial de La Bañeza ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ).

La asociación, que incluye a los abogados y procuradores del partido judicial y cuenta con la adhesión de los ayuntamientos, partidos políticos, asociaciones y otros organismos apela a la eficacia, el aprovechamiento de los recursos y aspectos de comunicaciones y otros factores sociales frente al documento Bases para una nueva demarcación judicial , del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y que supondría la creación de dos partidos judiciales en la provincia (León y Ponferrada).

En su escrito al TSJ, la asociación realiza una comparativa de funcionamiento de los juzgados de La Bañeza y la Oficina Judicial de León en un juicio verbal. Ambos procedimientos se refieren a la reclamación de una cantidad inferior a los 6.000 euros. El juicio verbal civil 117/2012 se inició en La Bañeza el 5 de marzo y se dictó sentencia el 20 de abril. En un mes y medio se resolvió el juicio, mientras que en León, el procedimiento 269/2012, que comenzó con la presentación de la demanda el 7 de marzo, precisó el transcurso de 206 días para el señalamiento del juicio. «Es decir, que el mismo juicio tarda en tramitarse como mínimo cinco veces más [...] Transcurrirán más de seis meses y medio y estaría aún pendiente de dictarse sentencia».

Los abogados y procuradores insisten en que cada uno de los dos juzgados de La Bañeza «se acerca a la media de asuntos y resoluciones estimada durante el año 2011 en los Órganos Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, criterio que por sí mismo justifica la permanencia del partido judicial de La Bañeza y de sus dos Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y refuerza su necesidad de permanencia atendiendo a las particulares circunstancias geográficas, demográficas y de dificultad de comunicación».

Criterios de eficacia

También entienden que el ciudadano no comprendería la eliminación de unos juzgados que no tienen ningún retraso en la tramitación de asuntos «trasladando esa carga de trabajo a otros —en este caso León— incapaz de soportar con eficacia y agilidad su volumen de asuntos actual. La excesiva concentración de Juzgados y asuntos en un solo partido judicial no implica necesariamente más eficacia ni un modelo óptimo que mejore la calidad de la actividad judicial». Las alegaciones finalizan apelando a los derechos fundamentales: «A pesar de las argumentaciones contenidas en el documento de bases para una nueva demarcación judicial, lo único cierto y fundamental es la necesidad de eliminar obstáculos que impidan una tutela judicial efectiva (artículo 9.2 de la Constitución) y de mejorar la administración de justicia, lo cual se debe traducir en medidas que la hagan más rápida, eficaz y próxima a los ciudadanos», objetivos que no se alcanzarán suprimiendo el partido judicial.

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