Diario de León

El subdelegado reclama presunción de inocencia para las ‘mineras’ investigadas

La actividad judicial se convierte en un problema más para la minería del carbón.

La actividad judicial se convierte en un problema más para la minería del carbón.

María Jesús Muñiz Prieto
León

Creado:

Actualizado:

«Las empresas mineras leonesas no están imputadas. Pueden ser citadas a declarar como imputadas o cualificadas porque existe una denuncia que les atribuye unos hechos, pero el proceso está aún en investigación. El juez instructor deberá tomar declaraciones, decidir si existen indicios y en función de eso dictar el auto correspondiente. Pero a día de hoy la presunción de inocencia de las empresas está intacta. Y ese es un derecho constitucional que debe ser respetado». Lo matiza el subdelegado del Gobierno y ex juez decano leonés, Juan Carlos Suárez Quiñones, ante la «confusión» creada sobre la presunta implicación de la práctica totalidad de las empresas mineras con raíces leonesas en un presunto «delito de fraude en las subvenciones» a las pérdidas de la producción de carbón durante los ejercicios comprendidos entre 2007 y 2012.

Suárez Quiñones incide en que «a la Subdelegación del Gobierno no le consta que las empresas mineras estén imputadas», la información que tiene es que pueden ser «llamadas a declarar como imputadas».

Un trabalenguas legal que desde el pasado lunes ha sumado una losa más en la mala imagen que el sector del carbón nacional considera que se está intentado proyectar, según denuncian las empresas mineras. Y que está provocando graves perjuicios para su actividad y viabilidad actual y futura, con el consiguiente daño para las posibilidades de supervivencia del sector, pero también para los trabajadores de la minería y los habitantes de las cuencas donde esta actividad se asienta de forma casi única. El ‘monocultivo del carbón’.

«Cuando alguien declara en calidad de imputado no implica que está imputado en un caso. Sólo que alguien ha denunciado unos hechos que pueden implicar esa cualificación. La imputación llega cuando el juez instructor concluye una investigación, y dicta un auto. Si el procedimiento es para penas superiores a nueve años, es un auto de procesamiento. Si es para menos de nueve años, puede ser de inculpación o de imputación. Es cuando el juez, al finalizar las diligencias, decide si hay indicios de delito o responsabilidad». Suárez Quiñones insiste en que «a día de hoy las empresas mineras incluidas en la investigación (Carbones Arlanza, Alto Bierzo, Unión Minera del Norte, Hullera Vasco Leonesa, Hijos de Baldomero García y Coto Minero Cantábrico) no están imputadas. Se les citará en su caso a declarar —varias de estas empresas no han recibido aún comunicación judicial alguna— como imputadas por la denuncia de un particular, pero con su presunción de inocencia incólume de momento».

El jurista y subdelegado insiste en que «el juez no ha dicho si son culpables o responsables de algo. Cuando tenga toda la información, archivará o imputará. Y el que tenga alguna responsabilidad, pagará sin duda». En todo caso, Suárez Quiñones muestra su alarma por las vulneraciones que en muchos casos se vienen cometiendo, incluso a nivel nacional, contra «el artículo 24.2 de la Constitución, sobre la presunción de inocencia. Las imputaciones, en todo caso, se producen a final de los procesos».

En este sentido insiste en la incongruencia de que «se hable de empresas imputadas cuando sus responsables y apoderados aún no han acudido a declarar en el juzgado. Una imputación legal requiere como antecedente que haya una declaración, y que el juez la considere motivo para dictar una imputación. Hablar de imputación ahora en el caso de las empresas mineras es un error lamentable».

tracking