La jueza no aprecia delito en la causa por la matanza de lobos en Camaleño
Sí considera que hay infracción por «extralimitación» en el número de ejemplares .
La jueza que investigaba la matanza de cinco lobos durante una cacería en Camaleño en diciembre de 2013 ha decretado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa, según informó ayer el Diario Montañés, en la que inicialmente estuvieron imputados un agente del Seprona de la Guardia Civil y otros cuatro cazadores.
Tanto la magistrada como el fiscal entienden que no se trata de un delito penal sino de una infracción administrativa por «extralimitación de lo autorizado», porque la batida contaba con autorización. Así, se argumenta que no es un supuesto de caza furtiva, al tratarse de una cacería autorizada de jabalí en la que se podía matar un lobo y se abatieron cinco ejemplares «de más». Se señala, además, que el lobo no está catalogado como especie amenazada, que su caza no está prohibida sino sometida a régimen cinegético especial, y que la normativa regional permite abatir un ejemplar de lobo durante las batidas autorizadas de jabalí.
El auto de la titular del Juzgado de Primera Instancia e instrucción de San Vicente de la Barquera está recurrido en la Audiencia Provincial por Ecologistas en Acción y la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL), dos de los colectivos ecologistas que denunciaron la matanza ante la Fiscalía. Ambos colectivos sostienen que la caza de cinco lobos fuera del cupo autorizado para la batida «no es una extralimitacion» sino una conducta «expresamente prohibida» por la normativa regional, que establece que la caza de esta especie es «excepcional». Su recurso ha sido rechazado por la jueza instructora por lo que han presentado recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
Apoyo en la fiscalía
El Ministerio Fiscal elevó la denuncia de los ecologistas al juzgado, lo que derivó en la apertura de diligencias de investigación por un presunto delito de fauna y flora silvestre. Sin embargo, tras la instrucción, la Fiscalía propone el archivo de la causa y la jueza asume «íntegramente» su argumentación. Según recoge el auto, las diligencias han permitido probar que los cinco lobos fueron abatidos en la cacería autorizada de jabalí celebrada el 1 de diciembre de 2013 en la Reserva Regional de Caza Saja-Besaya, en la que participaron 34 cazadores, acompañados de un técnico auxiliar del medio natural.
Igualmente, ha quedado probado que uno de los lobos fue abatido con el arma del agente del Seprona de la Guardia Civil imputado. En su recurso, los ecologistas censuran que al auto de archivo no diga nada sobre la participación de un agente y técnicos auxiliares del medio natural, que según denuncian, «no dieron cuenta» de la matanza de los cinco lobos, sino que lo «ocultaron», como «se ocultó los cadáveres entre la maleza».
En este sentido, advierten de que se trata de «autoridades con el deber de hacer cumplir la ley» y algunos específicamente leyes como la que en su opinión se vulneró, lo que a su entender constituiría un posible delito de prevaricación omisiva.