Hunosa no debió bloquear los ingresos de CMC y Uminsa sin autorización
El Juzgado de Oviedo estima parcialmente en su sentencia la demanda de CMC y Uminsa contra Hulleras del Norte por haber activado garantías y pignoraciones que comunicó a los clientes del Grupo Alonso. Considera que se excedió al activarlas unilateralmente, con retenciones que perjudicaron a la empresa leonesa.
La sentencia señala que la garantía o pignoración sobre futuras ayudas estatales al carbón, o cantidades que pudieran deber las eléctricas compradoras de carbón a CMC y Uminsa, necesita para activarse «que se declare previamente por la autoridad judicial o arbitraje al que se pudieran someter».
Aunque Hunosa podía haber tenido derecho a que los deudores de Alonso dejaran en prenda las cantidades adeudadas, la falta de acuerdo sobre el incumplimiento entre las dos compañías hacía necesario que la garantía «se declarase judicialmente»,
El juez recuerda que el diciembre de 2012 Hunosa comunicó el incumplimiento de CMC y Uminsa a Endesa, Iberdrola, Unión Fenosa, la térmica de Anllares y el Instituto del Carbón, con el fin de que retuvieran las cantidades que tenían pendientes de pago con las empresas de Victorino Alonso. Sin embargo, la empresa pública «no estaba facultada para decidir tal incumplimiento sin antes someter la cuestión a los tribunales».
Por lo tanto, declara «el incumplimiento de Hunosa en los términos descritos en relación con la cláusula décima de los contratos, pudieron las actoras instar en el futuro la reclamación que les pudiera corresponder, si es que algún daño se les ocasionó, con tales comunicaciones». Daños que se proponen reclamar las empresas.