TRIBUNALES

Reabierto el proceso penal por el incendio de RMD

El juzgado de instrucción n.º 2 que archivó la denuncia en enero, ha decretado finalmente la reapertura de la causa

El incendio en la planta de RMD en Ardoncino.

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León

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Ecologistas en Acción comunica, a través de una nota de prensa remitida a este diario, que se ha reabierto el proceso penal por el incendio de la planta de neumáticos de la empresa RMD en Ardoncino. La organización ecologista asegura: "Transcurrido casi un año desde que se produjera el incendio de más de 12.000 toneladas de neumáticos usados en las instalaciones de Recuperación de Materiales Diversos, S.A. (RMD) en Ardoncino y nueve meses después de que Ecologistas en Acción de la provincia de León interpusiera querella criminal contra los presuntos culpables, el juzgado de instrucción n.º 2  que archivó la denuncia en enero,  ha decretado finalmente la reapertura de la causa admitiendo que “se podría acreditar la perpetración del delito”. Ha sido necesaria la intervención del Ministerio Fiscal estimando el recurso de Ecologistas en Acción que alegó indefensión, al haberse archivado el procedimiento penal sin notificación alguna”.   

Continúa la información, señalando que: "La tipificación penal se centra en los supuestos delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente (contaminación atmosférica, aguas, terrenos y alimentos), además de incendio e imprudencia grave.

El querellado es Adolfo López Aguayo, como administrador único de RMD, extendiéndose la acción a los posibles responsables físicos de la mercantil que a resultas de la instrucción figuren como responsables de los hechos, sin perjuicio de los responsables físicos de la administración Autonómica (Servicio Territorial de Medio Ambiente de León), Confederación Hidrográfica del Duero (CHD), u otras que resulten".

La organización ecologista afirma contar ya con informes que acreditan la constatación del daño ambiental y señalan, en la nota remitida a este periódico y respecto al agua de extinción, vertida hacia el valle de Antimio de Abajo, que los análisis practicados por la CHD arrojan niveles muy altos en algunos parámetros, pudiendo haber producido contaminación en los propios cauces.

Asimismo, señalan, que el análisis de los pastos y  cultivos, cuyo muestreo realizó la Junta a petición de los vecinos de Antimio de Abajo, arroja notable contaminación en la uva, la hierba y el suelo, incluso, en algún caso, en proporción 12 veces mayor al umbral de intervención estipulado por la Comisión Europea, exponiendo a la población a un grave riesgo sanitario.

Añade el comunicado recibido por este medio que, "de las más de 12.000 toneladas  de neumáticos que la asociación calcula que se quemaron, se habrían emitido al aire toneladas de contaminantes: dioxinas, furanos, hidrocarburos aromáticos policiclicos (HAP), metales pesados, etc., muy peligrosos para el medio ambiente y las personas, incluso cancerígenos".

Para continuar: "Estas emisiones se han podido comprobar en el incendio de Seseña, donde las mediciones de HAP en el barrio más próximo al incendio, el Quiñón,  han alcanzado niveles muy altos de contaminantes como el benzo(a)pireno. Este compuesto está clasificado como carcinógeno de tipo 1 (el más alto) para humanos según la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer, dependiente de la OMS. El valor límite legal para el benzo(a)pireno es 1 ng/m3 de media anual, es decir, 1 mil millonésima de gramo de esta sustancia por metro cúbico de aire. Los niveles alcanzados en algunos momentos, en el Quiñón, multiplican por 20 este valor límite. Para esta valoración, La Junta de Castilla-La Mancha se basó en los análisis  que  realizó el Instituto de Salud Carlos III, con captadores de partículas (PM10 y PM2,5) ubicados en el colegio público El Quiñón".

La organización ecologista termina, manifestando que: "En el incendio de RMD, La Junta no nos ha facilitado aún, después de solicitados por tres veces, los análisis de las partículas en suspensión de los captadores colocados (aunque incorrectamente situados en relación a los vientos dominantes). Por ello, se solicitarán judicialmente, pues los informes facilitados hasta la fecha son incompletos.

Independientemente del origen del fuego en RMD, accidental o provocado, sin duda los efectos se vieron multiplicados por el incumplimiento de la normativa de almacenaje de neumáticos, impuesta en el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre,  sobre la gestión de los neumáticos fuera de uso,  al tener los neumáticos acumulados en  “montañas” de ocho a diez metros de altura, cuando el Decreto cifra la altura máxima en tres; igualmente, todo parece indicar que se carecía de un sistema de prevención y extinción de incendios acorde al riesgo, como exige la normativa, lo que hizo imposible detener el fuego en los primeros momentos, multiplicando el daño ambiental".

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