Diario de León
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El Supremo solo acepta uno de los seis supuestos de nulidad que planteaba el recurso contra la modificación del Reglamento de Dominio Público Hidráulico del 2016. Se trata del artículo 49 quinquies, que establece unos supuestos de incumplimiento de los caudales ecológicos «para perjudicarlos», como la operación de los órganos de desagüe de las presas por razones de seguridad en situaciones extraordinarias debidamente acreditadas.

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