CHOZAS DE ABAJO

El TSJ confirma la nulidad de las licencias a RMD en 2003

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Tras 15 años de proceso, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha confirmado la sentencia emitida por el Juzgado de lo contencioso-Administrativo nº 1, de León, en octubre del 2017, que declaraba nula la instalación eléctrica de la industria de reciclado y valoración de neumáticos usados (incineración por termólisis) en Ardoncino, e igualmente, confirma la nulidad de la licencia de actividad y de obra solicitadas por RMD (Recuperación de Materiales Diversos), y reconocidas por el Ayuntamiento de Chozas de Abajo, por silencio administrativo, el 11 de marzo de 2003, según la Plataforma Valle de Conforcos

La sentencia inicial (358/2017, de 27 de octubre) se emitió en respuesta a varios contenciosos-administrativos interpuestos en 2003 y en 2004, acumulados todos en el nº 1 de León, por la Junta Vecinal de Antimio de Abajo, Plataforma Valle de Conforcos, Junta Vecinal de Banuncias y Ayuntamiento de Onzonilla.

Las administraciones demandadas fueron la Junta de Castilla y León y el Ayuntamiento de Chozas de Abajo, y como codemandada RMD.

A esta sentencia inicial, la Junta de Castilla y León interpuso Recurso de Apelación, que es el que acaba de ser fallado por el TSJ en contra de la apelante.

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El TSJ impone las costas de esta apelación a la Junta, como parte apelante. Aunque es posible el recurso de casación, aún no hay constancia constancia de que se haya presentado.Tras 15 años de proceso, la justicia ha dado la razón a todas las entidades que recurrieron en su día la instalación de la industria de RMD, por su potencial contaminante.