Diario de León

La juez pospone el interdicto contra un ganadero al que acusan de secar el manantial de la localidad SANTA OLAJA DE LA ACCIÓN

Las vacaciones judiciales dejan al pueblo sin agua hasta septiembre

La Junta Vecinal de Santa Olaja de la Acción, en el municipio de Cebanico, ha denunciado al ganadero Elpidio Mata por

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Corresponsal de SANTA OLAJA. J. M. Campos
León

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Según la acusación de la Junta Vecinal de Santa Olaja de la Acción, un ganadero ha introducido una bomba eléctrica en el manantial que abastece al pueblo, lo que ha secado la fuente de la localidad y un arroyo próximo. Además ha denunciado la existencia de vertidos ilegales a las aguas procedentes de la explotación ganadera. Hace unos días los vecinos de esta localidad se trasladaron al manantial y se produjo un enfrentamiento con el ganadero que obligó a intervenir a tres patrullas de la Guardia Civil y a la alcaldesa de Cebanico. A pesar de que hubo un principio de acuerdo, el ganadero ha vuelto a extraer el agua y a dejar la fuente del pueblo seca, lo que está causando problemas de abastecimiento. El presidente de la Junta Vecinal ha presentado un interdicto de posesión del agua ante el Juzgado de Instrucción, instando a la juez a que dicte una resolución judicial inmediata para obligar al ganadero a retirar la bomba del manantial, aunque la juez no lo considera urgente y pospone su actuación hasta septiembre. «La juez del juzgado de Sahagún, considera que por estar en el mes de agosto y ser vacatio judicial, no va a resolver sobre el interdicto planteado por no tratarse de una situación urgente, ni tampoco adoptará medida alguna respecto a los delitos denunciados», señala el presidente de la Junta Vecinal, Ángel González. Desde la pedanía consideran lamentable que para que puedan recibir una tutela judicial efectiva sea necesario que llegue el mes de septiembre, y no consideran lógico que se produzca esta situación pese a que todo un pueblo se quede sin agua por una actuación que consideran ilegítima por parte de un particular, y que no podrán corregir por la vía judicial, como mínimo, en un plazo de un mes.

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