Diario de León

SUCESOS

Una pelea en un pub de Astorga se salda con penas de quince años de prisión

La sentencia acepta las tesis del principal damnificado y ha sido ratificada por el Supremo

Entrada a la ciudad de Astorga. MARCIANO PÉREZ

Entrada a la ciudad de Astorga. MARCIANO PÉREZ

León

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El Tribunal Supremo desestimó los recursos presentados por la representación procesal de dos individuos, condenados a penas que suman los quince años de cárcel, por agredirse en una disputa de dos contra dos en la que un cuarto resultó herido muy grave y salvó la vida gracias a la rápida intervención de las asistencias sanitarias.

Resulta probado que el día 3 de noviembre de 2018, en el pub Atenea de la ciudad de Astorga se produjo una discusión entre, por un lado, los acusados, José Manuel L.T., Adrián P.Q. y, por Juan P.F. (defendido por el letrado leonés Carlos Hernández Fierro) y Aitor R.L. El Supremo ratifica las penas, once años y medio de cárcel para José Manuel y tres años y medio para Adrián.

En un momento determinado José Manuel, tras afirmar «a estos los voy a matar», en referencia a Aitor y a Juan, sacó del bolsillo del pantalón un cuchillo o una navaja de grandes dimensiones con la punta en forma de sierra y levantando los brazos empuñó el cuchillo o navaja con la mano derecha hacia Aitor, con la intención de menoscabar su integridad física.

Aitor, para impedir ser pinchado, lo agarró de ambas manos, pero José Manuel logró soltarse y clavarle el cuchillo o navaja en el muslo de la pierna izquierda y hacerle un corte en la mano izquierda, al intervenir el acusado Adrián, quien golpeaba a Aitor para que pudiera ser de ese modo atacado por José Manuel, lo que este, efectivamente, consiguió.

Acto seguido José Manuel, mientras Juan pretendía evitar la agresión a Aitor cogiéndole por el brazo en el que tenía la navaja, logró soltarse y le clavó a Juan el cuchillo o navaja con fuerza en la barriga, sabiendo que de ese modo podía acabar con la vida de Juan. No obstante, Juan salvó su vida gracias a la rápida asistencia médica e intervención quirúrgica que recibió.

Aitor sufrió herida inciso contusa en cara externa del muslo izquierdo y una pequeña herida incisa, que precisó para su curación, además de una primera asistencia facultativa, sutura de herida que tardó en curar 7 días exclusivamente básicos, quedando como secuela un perjuicio estético ligero consistente en cicatriz de 2 cm en muslo izquierdo, valorada en un punto.

En el abdomen

Juan sufrió herida por arma blanca a nivel abdominal con perforación de asas intestinales y evisceración, hematoma retroperitoneal, que precisó para su sanidad tratamiento facultativo necesario después de la primera asistencia, tratamiento médico (anticoagulantes, analgésicos y AINE) y quirúrgico (precisó intervención quirúrgica de urgencia y varios días de hospitalización), tardando en curar seis días particularmente graves y 34 particularmente moderados, quedando como secuela un perjuicio estético moderado consistente en cicatriz posquirúrgica en línea media abdominal de 20 centímetros, cicatriz de 5 centímetros oblicua a nivel infraumbilical izquierdo y dos cicatrices puntiformes postdrenaje también infraumbilicales, una a la derecha y otra a la izquierda, a unos 7 centímetros de línea media.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ya descartó cualquier posible error en la valoración de la prueba. Señaló que la Audiencia Provincial había basado su solución condenatoria, fundamentalmente, en la declaración de los perjudicados, quienes relataron los hechos en la forma descrita en el factum. Comprobó que la Sala de instancia había sometido a las anteriores declaraciones «al triple criterio de la credibilidad subjetiva, de la verosimilitud y de la persistencia en la incriminación», y que los perjudicados habían ofrecido un relato coherente.

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