Diario de León

INCENDIOS FORESTALES

Prorrogada hasta el viernes 14 la alerta por riesgo de incendios en Castilla y León

Un agente de la UME contempla la devastación provocada por el fuego que asoló Veguellina, en Villafranca del Bierzo, en fechas recientes.

Un agente de la UME contempla la devastación provocada por el fuego que asoló Veguellina, en Villafranca del Bierzo, en fechas recientes.Ana F. Barredo

Publicado por
EFE
Valladolid

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 La Junta de Castilla y León ha prolongado un día más, hasta el 14 de agosto, la alerta por riesgo meteorológico de incendios forestales ante la persistencia de temperaturas elevadas, con máximas entre 35 y 37 grados, baja humedad y fuertes rachas de viento, que pondrán a la Comunidad en riesgo entre extremo y muy alto de incendios.

La alerta estaba inicialmente declarada para los días 11, 12 y 13 de agosto, pero se extiende un día más, con las mismas condiciones, ya que a las altas temperaturas le acompañarán humedades relativas mínimas de entre el 5 y el 15 % y rachas de viento de entre 35 y 40 km/hm, ha informado la Junta en nota de prensa.

El estado de la vegetación continúa siendo desfavorable debido al estrés hídrico acumulado, con el combustible vegetal en plena disponibilidad para arder. Estas circunstancias, unidas al viento y a las condiciones atmosféricas convectivas, pueden favorecer comportamientos extremos de los incendios.

Los índices manejados por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) y por el operativo INFOCAL mantienen elevados tanto la probabilidad de ignición como la capacidad de propagación, lo que hace necesario prolongar las medidas preventivas.

Durante la vigencia de la alerta queda prohibido encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello; también el uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.

Quedan suspendidas todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado; se prohíbe la introducción y uso de material pirotécnico, y se suspenden las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.

Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 metros que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores o radiales.

Quedan exentos de esta prohibición el uso de maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, siempre y cuando hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y se realicen conforme a las medidas establecidas por estos, o aquellas otras en que expresamente haya sido autorizado su uso o que resulten necesarias para la extinción del incendio. 

 

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