Erosmer Ibérica presentó alegaciones ante la Consejería de Industria, Comercio y Turismo en diciembre
Eroski exige la licencia comercial al no haberse resuelto en el plazo legal
Erosmer Ibérica, S.A. remitió alegaciones a la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Castilla y León, según confirmaron ay
El Grupo Eroski considera que el silencio administrativo se interpreta en este caso como licencia comercial para el establecimiento de una gran superficie en La Bañeza, ya que la Ley de Procedimiento Administrativo obliga a las administraciones a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y notificarla en un plazo que no excederá los seis meses, excepto en el caso de que una norma con rango de ley establezca un período de tiempo superior o así lo prevea la normativa de la Unión Europea. En sus alegaciones, que firma el 20 de diciembre del año pasado Alfonso Fernández Villacorta, en representación de Erosmer Ibérica, S.A., se realiza una enumeración de los distintos pasos que ha seguido la tramitación de las instalaciones comerciales que se pretenden abrir en La Bañeza, desde el inicio de los trámites con el Ayuntamiento, en noviembre de 2001, cuando gobernaban la UPL y el PSOE, hasta finales del año pasado. Informe de comercio Además de en la Ley de Procedimiento Administrativo, el recurso se basa también en la Ley de Equipamiento Comercial de Castilla y León (2/1996) vigente cuando se iniciaron los trámites y que vincula los plazos a la primer texto legal citado. Asimismo, se contempla el dictamen favorable del Tribunal de Defensa de la Competencia, del que se informaba ayer, y el informe de la Dirección General de Comercio en el que se notifica a la empresa que debe disminuir en 1.680 metros cuadrados la superficie de la sala de venta, ya que «en caso de llevarse a cabo el aumento de superficie de la sala de ventas permitida por (...) el Decreto 191/2001, se alcanzaría un exceso de cuota de mercado en la zona de atracción de La Bañeza». Eroski considera en su escrito de alegaciones que el trámite para la obtención de licencia comercial se inicia el 3 de diciembre de 2001 y advierte que, desde entonces, no se han producido ampliaciones de plazo para resolver, aunque sí dos suspensiones del mismo, «ambas de diez días», por lo que considera evidente que desde el día citado hasta la redacción del documento «cabe afrimar que como mínimo han transcurrido más de once meses». Tanto los trámites efectuados para la obtención de licencia comercial como el recurso tienen lugar antes de la entrada en vigor de la nueva ley autonómica que regula la actividad del comercio.