PICOS DE EUROPA
Invalidan la normativa de ayudas de Parques Nacionales
El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo n.º 7 de Madrid ha dado la razón a la Asociación de propietarios y afectados por el parque nacional Picos de Europa (Asape) en la demanda interpuesta contra la normativa de subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los parques nacionales, según anunció ayer la propia asociación. Asape interpuso hace ahora un año un recurso contencioso-administrativo contra resolución del Organismo Autónomo Parques Nacionales, en el que se exigía como única acreditación de la titularidad de los bienes para acceder a las subvenciones, la presentación de copia de escritura pública. En dicho Recurso, se alegó la nulidad del mencionado requisito de escritura pública, en base a que tal exigencia es contraria a las normas del Código Civil que regulan el acceso a la propiedad, así como las referentes a los distintos medios probatorios, y que resulta igualmente contraria al principio de igualdad. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en su sentencia de fecha 27 de diciembre de 2002, ha declarado la nulidad de la resolución del organismo autónomo de parques nacionales porque dicho requisito impide que los vecinos que no tengan escritura pública, que representan el 90%, puedan acceder a las subvenciones. La sentencia también ha declarado que la exigencia de escritura pública «ha sido establecida por la Administración por mera comodidad o capricho de ésta», y que Parques Nacionales ha olvidado que las subvenciones tiene por finalidad abarcar y beneficiar al mayor número de personas, con el fin de que contribuyan a la mejora de la calidad de vida de todos los habitantes de los entornos de los Parques Nacionales.