Diario de León

El TSJCyL estima parcialmente un recurso de Narsil y ratifica la orden de paralización de El Feixolín

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e.f.g.| redacción
León

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSCyL) ha estimado un recurso de apelación sobre el cielo abierto de El Feixolín, presentado por la sociedad Narsil S.L. contra un Auto del Juzgado Número 2 de León de modo que acuerda su revocación. Así, establece en su lugar que «la colaboración de la Administración autonómica para la ejecución del auto de ese Juzgado de 31 de enero de 2006 lo es para proceder a la suspensión y clausura de la actividad minera que la entidad mercantil MSP en suelo rústico común, y que había sido declarada regularizable en el apartado 5 del Decreto de la Alcaldía de Villablino de 24 de febrero de 2004, adoptando las medidas que garanticen la seguridad de las personas y bienes», según informaron los representantes de Narsil. Dado que el Auto de 3 de mayo de 2006 acordaba la colaboración administrativa para la Junta para que esta aprobase la aprobación del plan de restauración o su modificación, y el TSJCyL ahora entiende que sólo se debía haber ceñido, como defiende Narsil, a la estricta suspensión y clausura de la actividad minera, la sociedad nterpreta que «debe entenderse que carece de absoluta validez el proyecto de restauración presentado por la MSP y cuya adaptación ha aprobado la Delegación Territorial el pasado 15 de junio».

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