| Crónica | La opinión de los juristas |

Un dictamen que sólo sirve como antecedente

Los expertos creen que las competencias en el interior del parque podrían continuar como hasta ahora

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Larry
León

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corresponsal | posada

Algunos juristas consultados corroboran que la resolución judicial no puede ser recurrida por parques al haberse impuesto el importe mínimo de la multa, (6.000 euros, del abanico que marca el reglamento sancionador de entre 6.000 y 60.000 euros) siendo esta cantidad inferior a la que la normativa establece como mínimo para poder optar al recurso en este tipo de pleitos.

Las mismas fuentes dudan de que esta sentencia tenga otra trascendencia legal que la que afecta directamente al vecino en concreto y la de servir de antecedente, ya que se trata de la visión de un juez determinado y que las competencias en el interior del parque nacional podrían continuar igual que hasta ahora en tanto, bien tengan lugar las transferencias hacia las comunidades autónomas, quienes tienen y tendrán competencias en los cascos urbanos, o bien se proceda a revisar los límites del parque para sacar los núcleos urbanos y urbanizables, cosa que deberá ocurrir antes de 2017, como establece la Ley de la Red de Parques Nacionales.

En este sentido, la abogada del vecino de Caín, Laura López Varona aclara que la sentencia no sienta jurisprudencia, sino que es lo que se conoce como «jurisprudencia menor», pero que es la propia Ley de la Red de Parques Nacionales la que establece que, tras un máximo de diez años, los núcleos urbanos quedarán fuera de los límites del espacio protegido, lo que facilita que al aplicarse la Ley de la forma que más favorezca al encausado, la denuncia quede fuera de lugar. «El parque no puede multar a alguien por algo que ya está previsto que no le pueda multar dentro de diez años», manifestó la abogada, quien comentó las reiteradas consultas al respecto que está recibiendo en su despacho, ubicado en Cangas de Onís (Asturias), tras hacerse público el resultado de la sentencia, haciéndose eco también de algunas irregularidades cometidas durante el proceso legal por la parte de Parques.

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Ahora queda esperar a la próxima sentencia sobre la denuncia de otra vecina de Caín, a quien defiende la misma abogada y que bien podría reafirmar esta primera sentencia o, de lo contrario, se podría recurrir a la casación del Tribunal Supremo, en cuyo caso la sentencia sí que sentaría jurisprudencia al respecto.