Diario de León

El TSJCyL confirma la pena de cuatro años a una mujer por intentar matar a su amiga a puñaladas en Astorga

La condenada atacó a la víctima tras una discusión en su piso en abril de 2023. La agredida se salvó gracias a que el cuchillo se fue doblando y porque la hermana de la agresora irrumpió en la vivienda

Vista de la ciudad de Astorga, donde ocurrieron los hechos en abril de 2023

Vista de la ciudad de Astorga, donde ocurrieron los hechos en abril de 2023ARGÜELLO

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de León que condenó a una mujer a la pena de cuatro años y un día de prisión como autora de un delito de homicidio en grado de tentativa al asestar veinte puñaladas a una amiga en Astorga. Los hechos ocurrieron el 29 de abril de 2023 en el domicilio de la acusada cuando tras iniciarse una discusión, la víctima decidió abandonar la vivienda. En ese momento, la procesada cogió un cuchillo de cocina de 10 centímetros de hoja, la golpeó en la cabeza por la espalda y le asestó al menos veinte puñaladas repartidas por la cara, el tórax, el cuello, el abdomen y las extremidades.

El tribunal ratifica que el fallecimiento no se produjo gracias a que el cuchillo se fue doblando, además de la irrupción en la vivienda de la hermana de la agresora, que logró apartarla, y la rápida asistencia médica que recibió la víctima tras lograr huir.

La defensa de la condenada solicitaba en su recurso que los hechos se tipificaran como un delito de lesiones agravadas, argumentando que existía una relación de amistad previa, que no hubo planificación y que el ataque fue fruto de una conducta impulsiva derivada de un trastorno de personalidad. Sin embargo, el TSJCyL rechaza rotundamente este argumento.

La Sala determina que la idoneidad del arma, la reiteración extrema del ataque y la gravedad de las heridas en órganos internos —como varias laceraciones hepáticas potencialmente mortales— evidencian de forma concluyente el ánimo de matar o, al menos, la aceptación consciente de que el fallecimiento era altamente probable.

Tentativa de asesinato

Tanto la acusación particular como el Fiscal solicitaban elevar la calificación jurídica a tentativa de asesinato, argumentando que existió alevosía sorpresiva al iniciarse el ataque por la espalda. El tribunal también ha desestimado esta pretensión al considerar que no se ha acreditado una situación de «absoluta indefensión». La sentencia explica que la víctima presentaba heridas defensivas, lo que descarta aplicar la agravante de alevosía.

La sentencia firme ratifica la prohibición de comunicación y aproximación a la víctima a una distancia inferior a 500 metros durante un periodo de 14 años, así como una medida de 5 años de libertad vigilada posterior al cumplimiento de la prisión. En concepto de responsabilidad civil, la condenada deberá indemnizar a la víctima con 68.540,66 euros por los 152 días que tardó en sanar, las secuelas físicas, los graves perjuicios estéticos resultantes de las múltiples cicatrices, el trastorno de estrés postraumático severo y los gastos médicos derivados de la agresión.

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