Diario de León

Así fue el juicio en la jornada de ayer

Pedro Riesgo, durante su declaración hoy. DL

Pedro Riesgo, durante su declaración hoy. DL

León

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19.14

Se da por finalizada la sesión de hoy.

18.28

La defensa de Juan Manuel Menéndez repasa los cambios en la forma de explotación del macizo. Rechaza la dilación indebida porque fue causada por los propios acusados; y no retira la acusación contra los vigilantes, que no se interesaron por cómo se estaba desarrollando la explotación.

El abogado de las familias de Manuel Moure y José Antonio Blanco señala que las pruebas periciales indican que se primaba la producción a la seguridad. Y que en estas explotaciones la presencia de metano y bóveda es señal de peligro. Reitera que hubo muchos indicios de que podía ocurrir algo grave. En las anotaciones se señalaba reiteradamente que había mucho gas y había cortes por grisú. La ventilación era insuficiente. "Había avisos que daba la mina de que podía ocurrir un accidente, como el golpe de techo del día 25, que ya generó un ambiente explosivo". 

Además había preocupación por una bóveda que no acababa de hundir. "Es evidente que era una bomba de relojería en expansión, que lejos de producirse un relleno no se adoptó ninguna medida técnica sino seguir sutirando y sutirando para producir". 

Señala que se han producido en los interrogatorios preguntas "pactadas, lícitas derecho en la defensa, pero que demuestran el nulo interés de la empresa en aclarar lo ocurrido". Recuerda que frente a la tradición de cultura minera que se ha defendido, "en la historia de la Vasco murieron alrededor de 200 mineros". 

El despido de los ingenieros fue "la piedra angular" de lo ocurrido después, y lejos de una cultura de seguridad había una "ley del silencio" con castigos que provocaba que se normalizaran situaciones de riesgo y se aceptara trabajar con peligro. Indica que se ha escenificado la coartada de la mina grisuosa, entre otros, y critica que el actuario de Minas no ofreciera más datos. 

Señala que la DIS de entrada en capa en explotación virgen tardó cuatro años en aprobarse, y durante ese tiempo se estuvo trabajando y abriendo galerías en "flagrante ilegalidad". Y que no se tomaron decisiones técnicas por los problemas que había de ventilación. El letrado indica que no había planes de seguridad, simplemente se repetían año tras año en los planes de labores, que se referían a los datos de explotación y sus cifras. Una "desidia" que se manifiesta también en el proyecto de explotación, que "ni estaba actualizado ni estaba autorizado". 

Repasa también los distintos testimonios de técnicos, trabajadores y peritos que se han sucedido.

17.22

Se abre el trámite de conclusiones. El ministerio fiscal solicita una sentencia condenatoria a una parte de los acusados y absolutoria para los vigilantes. Considera que del conjunto de las extensas pruebas practicadas en el juicio oral resulta debidamente acreditado que el accidente no fue fortuito ni imprevisible o inevitable, sino que podía haberse evitado y así debía haber sido. Fue causado por actuaciones de la empresa y los acusados incumpliendo las normas de seguridad minera. 

Se podía y se debía haber evitado porque así lo exige la legislación del trabajo. El accidente se produjo cuando los accidentados estaban realizando su trabajo, en un lugar peligroso y un trabajo duro como el minero. Alude al principio fundamental de la obligación de la empresa de garantizar la seguridad y salud de todos los trabajadores. 

La minería tiene una legislación específica y más rigurosa. "No cabe duda de que era la empresa la obligada a poner todos los medios para la seguridad". En el accidente los seis fallecidos y los lesionados, nueve con la modificación de hoy, resultaron afectados por una invasión de gran cantidad de metano, que se desprendió en el fondo e inundó tanto el taller como la galería. Los fallecidos estaban ya fuera del taller y cayeron desfallecidos hasta morir. 

Es una prueba fundamental saber la causa de esa invasión inmediata, intempestiva y de gran magnitud; lo que no impide que el metano es un riesgo perfectamente conocido en la minería, y hay normas para evitar sus consecuencias. En este caso el fiscal considera que queda acreditado que la empresa, desde los altos cargos a todos los técnicos, no se adoptaron todas las medidas y no actuaron correctamente para evitar el accidente. Hubo incumplimientos que provocaron que los trabajadores estuvieran en ese taller y en la galería, en la planta 7ºE, en el momento en que se produjo el desprendimiento de metano.

"Esencialmente consideramos que las pruebas fundamentales han sido los informes de la autoridad minera y el perito judicial". Las testificales no han resultado concluyentes de que existieran claras señales de alarma, sino que existía preocupación y temor en los trabajadores. Porque "aquello no acababa de hundir, había metano muy alto y la mayor parte de los días tenían que abandonar el taller; y había paradas eléctricas". 

El informe de Minas concluye el desprendimiento de bóveda, pero no se ha podido acceder al postaller, que es donde podría comprobarse. Sin embargo recoge cómo se inició el taller que "no deja lugar a dudas a que no se actuó correctamente. No debía estar allí como si no ocurriera nada, era sospechosa y daban mucho metano". Había según el fiscal anuncios para estudiar medidas a adoptar.

Los técnicos y dirección de la empresa no llevaron el taller de forma correcta, por eso al final del informe de la autoridad minera proponía medidas adicionales, lo que implica que se podía hacer algo más.

Se refiere al informe del perito judicial, con conclusiones "claras y contundentes" sobre la causa del accidente. Sobre la petición de nulidad de la prueba el fiscal entiende que no concurre, porque lo pidió el Juzgado de Instrucción 4 de León. El perito señaló un mal funcionamiento de la empresa que provocaron que cuando comenzó a explotarse el taller a mediados de octubre el error topográfico condicionase todo lo demás. No sabían dónde estaban, y si lo hubieran sabido habrían actuado de otra manera. Respecto a la ventilación, aunque estaba de acuerdo a la normativa eran insuficientes, porque no conseguían renovar el aire. "La propia normativa dice que la ventilación debe ser suficiente". Eso provocaba también cortes de electricidad, que provocaban a su vez subidas del metano. 

En definitiva, la ventilación era insuficiente y estaba inadecuadamente ubicada. Y la monitorización permanente debería haber servido para modificarla, como también señala la Junta. También indica que la instalación eléctrica tenía cortes que paraban cada poco. "Si los trabajadores se acostumbran a una situación de duda, de peligro pero luego vuelven, ello crea más inseguridad".

Por lo que se refiere a la estructura de seguridad de la empresa, se suma también a las conclusiones del perito judicial de que no estaba clara y debe comunicarse a la autoridad minera, no es suficiente que se incluya en los planes de labores. "Había confusión de cargos, cargos que no había,... Y la dirección efectiva por parte del director general, que no era ingeniero de MInas. En este caso era una explotación minera, y en el aspecto de seguridad sí afecta". Y recuerda el incidente que llevó al despido de dos ingenieros. 

En toda la documentación que consta en el procedimiento "se observa que en la dirección hay un acento y especial dedicación a la producción, y al hecho de explotar más que a la seguridad, que debe ser lo fundamental. Y como estamos juzgando un hecho con seis fallecidos es lo que nos importa. En esta empresa la seguridad no debería estar nunca supeditada a la producción, como ocurrió con los despidos". 

Al final "lo que se produce es que se esté avanzando en el taller y sacando carbón como si no pasara nada, cuando había peligros como la velocidad de desorción, los incidentes que se habían producido, la clasificación de la mina, la declaración de sospechosa de desprendimientos. Y con un error topográfico que se detectó el día 15, aunque se siguió explotando". 

También señala que "si no sabemos cuándo se va a producir el fenómeno gasodinámico, seguir en el taller avanzando implica que puede producirse". Y cita al perito señalando que debía haberse parado para analizar qué pasaba. 

Explica también "errores de bulto, por no hablar de bulos" como señalar como causa del accidente que era algo extraordinario, único y nunca visto. Y que en el lugar donde estaban trabajando no había planos porque se hacen al final. Cuestiones que han sido desmentidas por el perito judicial.

El fiscal habla también de la posibilidad de analizar los metanómetros portátiles, y de que el plan de evacuación no contemplaba un accidente como el que se produjo. Y en todo caso, igual que las DIS, habrá que actualizarlas ante la autoridad minera. 

Sobre los cortes eléctricos, señala que el día del accidente fue general en la empresa, aunque uno de los electromecánicos dijo que se había parado una cinta, pero no necesariamente un corte general. 

El fiscal analiza los informes presentados por las defensas. "No desvirtúan lo que acabo de exponer, que se trabajaba en un lugar peligroso y la invasión, sea por la causa que sea, 

Es especialmente duro con el perito topógrafo, que "no aporta nada ni se acordaba de nada", ni dio respuestas concretas. "No se sabe qué pasó con ese error topográfico", aunque no se puede negar que existió. 

También señala que es "casi mejor no tener en cuenta el informe del Laboratorio Oficial Madariaga, si es que es oficial". No aporta nada y en todo se remite a lo que "constaba en la documentación oficial de la empresa. 

Explica también que el hecho de que los trabajadores se pusieran el autorrescatador para entrar a socorrer a los compañeros señala que es "un acto humano, intentar ayudar". Y las lesiones que sufren son por esa actuación, pero en todo caso también tiene otro origen, que es si la empresa ha puesto a disposición de los trabajadores equipos suficientes, y cómo se puede socorrer a alguien que caiga desvanecido por el metano. 

El fiscal entiende que de estos delitos contra la seguridad de los trabajadores, homicidio por imprudencia y lesiones por imprudencia, son lesiones los acusados contra los que se mantiene la acusación. En primer lugar los tres miembros del consejo de administración de la empresa. También Aurelio del Valle, a pesar de las aclaraciones sobre las exigencias de la CNMV. "Igualmente creemos que tiene responsabilidad". Como consejo de administración deberían haber promovido que se tomaran todas las medidas, evaluar los riegos, actualizar los protocolos, supervisar si todo era correcto. 

"Pero no lo hicieron". Aunque estaban informados por el director general, pero "son los máximos responsables". También el propio director general, que tenía "plenas facultades". Y además tenía conocimiento de que se iniciaba esa explotación, pero "no ordenó ni impidió nada".

También entiende que son responsables los ingenieros, el facultativo José Eliseo Solís, que tiene competencias absolutas sobre la explotación minera, y adoptó medidas, tuvo conocimiento de la evolución del taller pero no impidió que se llegara a producir el accidente, "para lo cual debería haber tomado otras medidas". 

En la misma situación está el ingeniero jefe David Toribio, que tenía mando sobre otros ingenieros. Y también estuvo en el lugar y tuvo varias actuaciones. "Conoció todo lo que pasaba allí, pero no tomó las medidas suficientes ni comunicó a su superior lo que pasaba". Y lo mismo es aplicable a Javier Martínez Rico y Jairo Gómez Bartolomé. Consta también que tuvieron conocimiento y que intervinieron. "Les correspondía exponer lo que ocurría". 

José Marcos Ulecia era jefe de Seguridad y Control Ambiental, y "hay graves deficiencias", no se tomaron las medidas; como de José Carlos García Jarrín, que debería haber adoptado medidas y no lo hizo, aunque acudió después como jefe de la Brigada de Salvamento. 

Por todo esto es procedente que se condene a todos ellos por los delitos especificados, porque "su conducta no sólo el día del accidente, sino en la explotación del taller, no fue la adecuada y no hicieron lo necesario para impedir que el  hecho se produjera". 

Retira la petición para los cinco vigilantes porque no se acredita incumplimientos suficientes, sino que son otros técnicos por encima de ellos los que tienen que tomar las decisiones. 

Por lo que se refiere a las atenuantes, la de dilación indebida no es aplicable porque parte de que no sean imputables a los acusados, al margen de la complejidad del caso, Como es este. Pero "los retrasos no han sido ajenos a la actuación de los acusados, como la presentación de recursos o la suspensión durante dos años del juicio". En 2015 se requirió por el Juzgado a petición del fiscal que manifestaran si disponían de pólizas de seguros. "No dijeron nada hasta que lo aportaron aquí por las defensas en abril de 2021. Y eso causó también retraso". 

Ha quedado acreditada la existencia de los delitos y la responsabilidad penal de los acusados. 

16.29

Comienza la prueba documental. Señalan que se tenga por reproducida la prueba documental propuesta de fiscal y acusaciones. También las defensas.

Pregunta por los escritos de calificación provisional. El fiscal señala las reclamación de las familias. Y apunta también en el cambio del escrito de acusación que los vigilantes acusados no tuvieron relación alguna con la causa del accidente. Pide las mismas penas del escrito de acusación para los acusados, y retira la acusación contra los cinco vigilantes encausados y pide su libre absolución.

Incluye que todos los damnificados han sido indemnizados por Mapfre en cantidades superiores a las que pedía el fiscal, y el acuerdo se incorpora al procedimiento. 

Pide las mismas penas del escrito de acusación, y retira la acusación contra los cinco vigilantes encausados y pide su libre absolución.

Y en la responsabilidad civil el fiscal no pide indemnización frente a las tres aseguradoras y la empresa por haber sido indemnizados por haber sido ya indemnizados por el acuerdo con Mapfre. 

La abogada de Juan Manuel Menéndez elevan a definitivas sus conclusiones. Las acusaciones repasan las actualizaciones de las indemnizaciones que reclaman, y a quién las realizan.

En el turno de las defensas, el abogado de los directivos de la empresa se elevan a definitivas las conclusiones con algunos apuntes sobre la pertenencia a la empresa de Arpad Acs, y la reclamación del trabajador. Se refiere a la dilación indebida del proceso como circunstancia atenuante muy cualificada. 

El abogado de Mario Calvo Herce se suma a la petición de las dilaciones, como el abogado de los ingenieros, que señala que la dilación ha causado graves daños a su defendidos. Todos los afectados han sido indemnizados de acuerdo a las peticiones del fiscal. En el mismo sentido se manifiesta el resto de los defensores. 

Los abogados de los vigilantes reclaman costas a las acusaciones por mantener las causas contra sus defendidos. Denuncian mala fe y temeridad en estas actuaciones.

Mapfre pide abandonar el proceso tras haber llegado y pagado el acuerdo de las indemnizaciones. Las otras aseguradoras reclaman la renuncia a las acciones civiles como han hecho con Mapfre porque es una responsabilidad solidaria. 

14.57

Se suspende durante una hora la sesión. Y la jueza propone intentar mantener el calendario, que ya va retrasado. 

14.39

Responde a preguntas de la magistrada. Señala que entre las medidas realizadas se tomaron actuaciones de desgasificación para no poner en peligro el avance de la galería. La jueza advierte que el objeto de sus preguntas es determinar si es fundamental para la causa saber si se trató de un colapso de bóveda o fue un desprendimiento instantáneo. El perito pide tiempo para reflexionar "una pregunta muy difícil", y señala la jueza que se trata de determinar que las decisiones que tuvieron que tomar los responsables de la mina eran distintas en un caso o en otro. "No, las medidas a tomar están establecidas en la DIS y son iguales para un caso y para otro". 

Pregunta si las medidas que adoptaron para cada una de las dos posibilidades tenían que haber sido distintas. Señala que para la caída de la bóveda, a indicaciones de la magistrada, las medidas son durante la explotación; pero la desgasificación se hace antes. "En todo caso las medidas que se toman en la mina son generales". Y pregunta también si es estéril discutir si fue un desprendimiento instantáneo o una caída de la bóveda. 

Por último pregunta por la ventilación. "La ubicación de los electroventiladores era correcta, pero tomaban el aire del taller, y eso hacía que la ventilación fuera peor". Y la jueza pregunta si los ventiladores hubieran seguido funcionando no representaría que los trabajadores hubieran tenido más tiempo de aire limpio. "No tanto como eso, pero si se hubieran desmayado, como el metano tiende a ir arriba y el oxígeno abajo quizá hubiera influido". Pregunta la jueza si eso no hubiera sido peligroso porque el metano se hubiera distribuido a otras partes de la mina. "El metano salió aguas arriba", explica el perito. Y la ventilación de un ventilador no puede afectar tanto a toda la mina. 

Finaliza su declaración. 

12.36

El abogado de Mario Calvo Herce plantea incidente de nulidad sobre el informe del perito judicial Pedro Riesgo, porque el Juzgado de Instrucción 4 de León pidió que fuera un ingeniero el que realizara el informe pericial del accidente, y al final Riesgo ha señalado reiteradamente que fue un equipo el que lo realizó porque "había mucha información". Además, una de las personas que participó en este equipo fue la perito que realizó el informe sobre el despido de los dos ingenieros en abril de 2013 por orden de Calvo Herce. 

Riesgo señala que es "obligación" del responsable de seguridad desobedecer al director facultativo si considera que se está poniendo en peligro la seguridad. 

A preguntas de la defensa de los ingenieros señala el perito que el taller estuvo siempre recebado, y que el personal tenía formación y material de seguridad requerido. Le pregunta si el accidente tiene relación con el laboreo, que dice que se llevaba bien. También con medidas para evitar aplastamiento por carbón se explotaba "por el culo de la pila y se había reducido la llave de carbón, son medidas que van a favor de la seguridad", aunque reducen la producción. 

Las tareas de avance del taller eran "las oportunas a las adecuadas", y se tomaron para favorecer la seguridad, reconoce Riesgo. También que se llevaron a cabo las medidas de desgasificación oportunas. Y que la responsabilidad de no haber declarado la mina de categoría 4 corresponde exclusivamente a la autoridad minera.

Le pregunta el letrado por las declaraciones del actuario de Minas sobre que había que "destruir a la Vasco", le parece "muy duro" que le hagan esas preguntas. Y cuestiona también sobre las conclusiones del informe de la autoridad minera, que achaca la salida de grisú a la caída de la bóveda. 

También señaló que no se les ocurrió analizar los metanómetros portátiles que portaban las víctimas, aunque no sabe si era muy relevante. 

De nuevo las consideraciones del perito sobre el error topográfico y su influencia en el accidente centra el interrogatorio de las defensas. 

A preguntas de otro de los letrados dice que no conoce las funciones del delegado minero, y que si lo incluye el informe allí está, pero no lo recuerda de memoria por los nombres de las leyes.

Insisten las defensas en que el perito judicial no ha tenido en cuenta el resto de los informes y auditorías, y el perito judicial insiste en que no querían verse influenciados y sólo quisieron estudiar las causas del accidente con la información que les enviaron. 

También señalan los letrados sobre el despido de los ingenieros en abril de 2013 que si se recibieron las alegaciones de la autoridad minera y el sobreseimiento del juzgado leonés, lo que el perito señala que no le fue aportado. 

11.25

Comienzan las preguntas de las defensas. Le preguntan cómo es posible que si el día 25 de octubre se superó el 2,5% de metano no se colocaron los autorrescatadores. Señala el perito que fue durante un disparo y no es relevante para el procedimiento. Y que sí es cierto que hubo subidas de metano sobre el 2%. 

Le preguntan por qué la autoridad minera estableció mecanismos sobre el gas, pero no sobre la bóveda. "Que lo explique la autoridad minera. No era objeto de mi pericial". Y señala que los vigilantes hicieron su tarea de forma adecuada, como toda la gente que trabajaba en el taller. "Desarrollaron la labor que tenían que hacer, y lo hicieron perfectamente. No sólo los vigilantes, también los responsables del taller que estaban por encima. Irreprochable". 

Otro abogado de la defensa dice que ha manifestado el perito que las auditorías "no le importan para nada". "No me malinterprete, no las tengo en cuenta para hacer mi pericial". Sin embargo, el abogado de los directivos le recuerda que esas auditorías eran preceptivas. "No hemos tenido en cuenta ninguna auditoría", insiste tajante. Insiste también en que es irrelevante la evaluación de riesgos. 

Sí reconoce que los trabajadores contaban con la cualificación, formación, información, equipos, etc. necesarios para realizar su trabajo. Le pregunta también por los despidos de abril de 2013, si comprobaron que esos cargos fueron sustituidos "inmediatamente". "No lo hemos comprobado", y no sabe desde cuándo está el jefe de seguridad nuevo. "En ese momento no lo comprobamos". 

En el momento del accidente había un jefe del departamento de seguridad, "que usted pone en su informe con nombre y apellidos", y ahora dice que no lo ha comprobado. "Sí, lo facilitó la jueza a través de la empresa". Lo que según el abogado no es fuente de comprobación para un perito.

El Pozo Emilio tenía un comité de seguridad, pero no comprobaron si era específico para esa explotación, lo que llama la atención ya que estaban analizando el esquema de seguridad de la empresa. "Había mucha información, y era irrelevante para analizar el accidente que nos ocupa". 

Tampoco examinaron los planes de labores de los años anteriores, y "no recuerda" si analizaron el plan de seguridad que anualmente les acompaña de forma obligatoria. No sabe tampoco si la Vasco tenía servicio médico propio. "No hemos estudiado absolutamente todo, es imposible. Y no afecta a los hechos que nos ocupan". Tampoco comprobaron el presupuesto de seguridad y salud de la empresa minera. 

El letrado pregunta si, como dice en el informe, sacaron de la página web de la empresa los cargos directivos, y por qué incluyeron a Aurelio de Valle Jover como consejero ejecutivo. "Es lo que dice la información de la empresa". Y le pregunta si "vocal ejecutivo" se debe a los requerimientos de la CNMV, lo que desconoce y no investigó. Tampoco le consta que Del Valle Jover tuviera delegada responsabilidad de seguridad. No hicieron ninguna investigación al respecto.

Cuestiona también por qué no han analizado periciales como las del Instituto Oficial Madariaga. "Tengo mis consideraciones personales y prefiero no hablar sobre la opinión que tengo de este laboratorio". E insiste en que "no miraron periciales porque queríamos tener total libertad para llegar a nuestras conclusiones". 

Insiste el perito en que no existe un director facultativo de toda la empresa que supervise todas las actuaciones, el director general "no es ingeniero de minas y ejerce funciones que no son anejas a su cargo". Y por eso considera la organización de seguridad deficiente. "Ejerce funciones que no le competen", como bajar a la mina con un auxiliar que luego fue jefe del servicio de seguridad y monitorización ambiental de la empresa para colocar los metanómetros que se negaron a poner los ingenieros despedidos. 

Otro de los abogados recuerda que no quisieron que la empresa les enviase la documentación, sino que se pidió a la jueza. Y no pensaron en pedir alguna documentación adicional sobre la organización de la seguridad en la empresa. 

El perito admite que el ingeniero facultativo del Pozo Emilio ha publicado varios trabajos con el profesor Toraño, al que Riesgo reconoce como experto, sobre comportamientos de gases en minas. Cree que el director facultativo sí actuó correctamente el día del accidente, "con los datos que tenía". 

Aunque ha puesto "en la diana" al servicio de topografía de la Vasco, señala que no conoce nada de ellos. "Cometieron un error, no digo nada más del resto de su trabajo". 

El letrado que defiende a Mario Calvo Herce pregunta por qué considera que todo en el taller funcionaba perfectamente y parece que sólo culpa al director general. Del que ayer dijo que "hizo burradas". 

9.25

Comienza de nuevo la declaración de Pedro Riesgo. Acuden a la declaración de nuevo Antonio y Arturo del Valle, Marcio Calvo y Aurelio del Valle Jover, ya que hoy está previsto que comience la lectura de las conclusiones definitivas y los informes de las partes. La magistrada eximió a los acusados de acudir a todas las declaraciones hasta este momento. 

Las acusaciones le preguntan si la DIS estaba en funcionamiento cuando se inició la entrada en capa, y otras cuestiones sobre las que le perito no recuerda o dice que no fue objeto de su investigación. 

Riesgo señala que "no cabe en cabeza humana, desde luego no en la de un ingeniero de Minas, que primero se haga la galería y luego el plano", como aseguró ayer el topógrafo que era el método de trabajo.

La acusación pide que le muestren un plano presentado por los topógrafos para que confirme si en realidad no se sabía dónde se estaba explotando el taller. Le preguntan también si el aumento de la velocidad de desorción es uno de los factores que incrementa el riesgo del metano. 

Los problemas técnicos de la retransmisión del Juzgado, por la que se siguen las declaraciones, hacen muy complicado seguir el testimonio del perito. 

Le preguntan si cuando los trabajadores salieron el día del accidente al subir el nivel al 3% no debieron abandonar definitivamente la labor. Responde que, una vez que el nivel baja, lo habitual es que volvieran a entrar. 

Otro de los letrados le pregunta qué tendría que haber hecho la empresa con los incidentes que habían acaecido. Repite que si hubiera sabido dónde estaban habrían parado y replanteado la explotación, pero "como no sabían dónde estaban, es como un capitán de barco sin una brújula". Insiste el letrado si no era aún así obligación de la empresa saber dónde estaban. 

Le preguntan si considera válidos los planos facilitados por la Junta de Castilla y León. Dice que sí. Y señala también que los ingenieros sabían que no estaban donde supuestamente trabajaban, por eso tomaban "medidas reactivas" como pegar tiros para llegar a la planta 6ª, pero sin saber dónde se encontraban. 

En ellos se señalaba bóveda, pero no sabe en qué pila. También se refiere a la documentación de evaluación de riesgos, que según el perito "sirve para bien poco. Sobre todo en una situación como esta". También analizan si el vigilante tenía que estar, según la DIS interna de seguridad, tenía que estar continuamente en la explotación. Le preguntan por el hecho de que varios informes estén redactados por la misma persona. "No soy perito calígrafo", señala. 

El letrado pregunta por los "boletos" que el perito comentó ayer para que ocurriese un accidente grave. Era un "taller en virgen, con alta velocidad de desorción, antecedentes de peligrosidad, cuestiones geológicas importantes,... Una bonita colección de boletos, los cortes de elecctricidad, y no sé si me dejo alguno. La zona era muy peligroso, y todo esto indicaba que podía producirse un desprendimiento instantáneo. Fue como Pedro y el lobo, la fábula. Si los mineros tienen que salir cada poco, llega a ser una costumbre". 

No han tenido en cuenta las declaraciones de los testigos (como que tenían miedo a entrar), porque eran contradictorias. "Sólo los hechos". 

Insiste Pedro Riesgo en que no pudo ser un derrabe gaseado porque, aunque podría haber desatado ese volumen de grisú, hubiera dañado el taller, que "se encontraba en perfectas condiciones". 

Señala el perito que si "hubiera funcionado lo mucho que no funcionaba se hubiera volado el techo y no hubiera ocurrido este accidente. Todo coadyugó. En la mina todo tiene que ver con la seguridad". 

El perito señala también que está "absolutamente prohibido" utilizar los autorrescatadores para algo que "no sea ponérselo y salir por patas". Aunque "se hace" cuando está en riesgo la vida de compañeros. "Gracias a esa actuación completamente fuera de la ley y a desprecio de su vida quizá le salvaron la vida a alguien, no lo recuerdo. Lo que sí hubiera sido mejor es que la autoridad minera hubiera declarado la mina de cuarta categoría, porque eso hubiera permitido tener equipos de respiración autónoma y hacer el rescate de una forma mejor". Y la empresa no tenía obligación "de tener una estación de rescate abajo".

Insiste en que "es totalmente irrelevante" contar o no con un plan de evaluación de riesgos, porque en situaciones de "hipoxia por metano no hay tiempo". Los trabajadores, señala a preguntas del letrado, "son responsables de haber entrado, y son héroes". 

A la pregunta de si la empresa colocó a los trabajadores en situación de riesgo, Riesgo señala que "las cosas no funcionaban bien en la empresa, y los trabajadores estaban indudablemente en situación de riesgo; pero dudo mucho que la empresa les pusiera en esa situación". 

A otro abogado de la acusación señala que era obligación de la empresa saber dónde estaban, también para seguridad de sus trabajadores. Y la no detección de la anomalía geológica de "la S" que hacía la capa impedía saber qué estaban haciendo. Recalca que "no eran realmente conscientes del peligro que corrían ahí, porque si no no hubieran estado". Aunque "tenían que ser conscientes de que la zona era peligrosa. Aunque la mina es siempre peligrosa". 

No hay posibilidad técnica, "nunca", de prever un desprendimiento instantáneo, pero sí podía haberse creado un comité que estudiara por qué se producía, lo que hubiera ocurrido si la mina se hubiera declarado de 4ª categoría. 

9.00

El perito que realizó el informe a petición del Juzgado de Instrucción 4 de León continúa hoy la declaración que comenzó en la tarde de ayer en la vista oral por el accidente que costó la vida a seis mineros en el Pozo Emilio del Valle de la Hullera Vasco Leonesa el 28 de octubre de 2013.

Ayer Pedro Riesgo inició su declaración realizando unas "aclaraciones" al informe pericial que presentó en 2015, lo que hizo que las defensas de los 16 acusados en el caso presentasen protesta formal, por considerar que se estaba presentando de hecho una pericial nueva, que no les ha sido comunicada. 

Hoy estaba previsto el inicio de la presentación de  las conclusiones de los letrados. 

 

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