El acuerdo no fija ni el capital ni el nombre de la sociedad
El Título 1, artículo 1.1 de los estatutos del nuevo banco habla de la denominación social y la normativa aplicable de la entidad que emanará del acuerdo entre Unicaja y Caja España-Duero, pero nada se dice sobre cuál será su nombre, su marca comercial. «La sociedad se denomina (.), Sociedad Anónima». Así es como despachan los nuevos estatutos la nomenclatura del banco. Lo que tampoco se fija es el capital social con que nace el banco. Como en el caso del nombre, también un punto sirve deja en el aire cuál será la cuantía de ese capital, que se dividirá en acciones de un euro de valor nominal cada una. Además, se regula la emisión de obligaciones y de otros valores, algo que le corresponde a la Juna General, que podrá delegar en el consejo.