Menor condena a los piratas del ‘Alakrana’

?. El alto tribunal cree que no vejaron a los marineros, absuelve a los dos secuestradores . del delito contra la integridad moral y deja la condena en 403 años de cárcel.

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mateo balín | madrid
León

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No existen pruebas de que los dos piratas somalíes condenados por el secuestro del atunero Alakrana vejaran a los 36 marineros, ya que el «comportamiento revanchista, vindicativo y coactivo» por parte de los asaltantes comenzó cuando aquéllos ya habían sido detenidos por un buque de la Armada española. Con este argumentó el Tribunal Supremo absolvió a Cabdiweli Cabdullahi y a Raageggesey Hassan Aji de los 36 delitos contra la integridad moral por lo que fueron condenados por la Audiencia Nacional, a razón de un año por cada de delito, por lo que rebajó la pena final de 439 a 403 años de cárcel.

Se refiere el Supremo a los simulacros de fusilamiento a los que fueron sometidos los marineros secuestrados durante 47 días frente a las aguas de la costa somalí, entre octubre y mediados de noviembre del 2009. Dice la sentencia de la Sala de lo Penal que la vejaciones comenzaron «cuatro o cinco» días después del abordaje, como reacción a las detención» de los acusados, «por lo que no había sido planificada ni preparada» de forma previa.

1397124194 Sin ayudas públicas. La sala también rechazó el recurso interpuesto por cuatro de los 36 marineros secuestrados para que los hechos fueran calificados como terroristas y estos recibieses la catalogación de víctimas y las pertinentes ayudas públicas. Señala la sentencia que los documentos citados «no permiten conocer ni concretar las circunstancias del secuestro y su vinculación concreta con un grupo que persiga algo más que el lucro económico», por lo que no encuentran motivo apara atribuir el asalto a un grupo afín a Al Qaeda. En cambio, el tribuna sí estima las indemnizacionesl solicitadas por estos cuatro marineros y sus familiares por el menoscabo a la salud mental fruto del estrés que padecieron. El resto de penas quedan tal y como estableció la Audiencia Nacional, 396 años de cárcel por 35 delitos de secuestro ilegal, cinco años por robo con violencia y dos más por la comisión de un delito de asociación ilícita. Se les impuso el pago de una indemnización de 100.000 euros a cada uno de los rehenes.

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