Derogarán la doctrina Parot si Estrasburgo confirma su sentencia
La Audiencia Nacional anticipó ayer que derogará la aplicación de la doctrina Parot si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) confirma su condena de julio al Estado español. El tribunal central admite que cumplirá «escrupulosamente» la decisión final que adopte la Gran Sala del TEDH respecto del recurso que tiene previsto presentar el Gobierno contra el fallo, que instaba a indemnizar con 30.000 euros y a excarcelar a la etarra Inés del Río Prada, cuya salida fue pospuesta de 2008 a 2017 en aplicación de la citada doctrina.
Es la primera vez que la Audiencia Nacional se pronuncia sobre la sentencia del tribunal con sede en Estrasburgo, que consideró ilegal por unanimidad la doctrina Parot, que recibe su nombre del etarra Henri Parot, primero al que se le aplicó. El fallo supuso un duro golpe a la estrategia del tribunal central, bendecida por el Supremo y el Constitucional, de alargar hasta los 30 años el tiempo efectivo en prisión de los etarras más sanguinarios, en particular los de la década de los ochenta y los noventa. En el caso de Del Río, por ejemplo, fue condenada a más de 3.000 años de cárcel por 23 asesinatos.
El pronunciamiento conocido este lunes va dirigido a la Justicia británica y parte del caso concreto del etarra Antonio Troitiño, preso en Londres, que está reclamado por la Sección Tercera para que cumpla condena hasta enero de 2017 en aplicación de dicha doctrina.
Troitiño o Del Río son dos de los 66 presos etarras que están pendientes de la decisión de la Gran Sala de Estrasburgo, que podría suponer la salida de prisión -para los que tengan cumplida la condena sin la polémica doctrina- o ver reducida de forma significativa su tiempo de estancia en prisión, entre ocho y doce años. Otros 17 reclusos de la banda terrorista a los que el tribunal central prolongó su estancia en prisión ya están en libertad.
Si el tribunal internacional rechaza el recurso que el Gobierno presentará en septiembre también se beneficiarán del fallo criminales como violadores, narcotraficantes o asesinos que cumplen largas y múltiples penas por delitos cometidos antes de 1996, cuando se reformó el Código Penal.