Diario de León

CONSEJO DE MINISTROS

El Gobierno aprueba el Código Penal más duro

Incluye la prisión permanente revisable y pena la resistencia pasiva y animar a realizar actos violentos

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EL PERIÓDICO
León

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El  Consejo de Ministros  ha aprobado este jueves el  anteproyecto de ley  de  reforma del Código Penal,  que introduce medidas como la  prisión permanente revisable  o la  custodia de seguridad , que establecerá un periodo de vigilancia posterior a la pena en casos de delitos de especial gravedad.

Según la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, hay cambios esenciales "en violencia sobre la mujer como el matrimonio forzado, el hostigamiento, las coacciones" y la difusión.

El Gobierno también introduce cambios en "el estatuto de la víctima y el delito" y en el estatuto de la carrera judicial, modificando las sustituciones y haciendo que los jueces asuman más trabajo. 

El anteproyecto varía el delito de atentado para incluir todos los supuestos de acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves sobre agentes de las fuerzas de seguridad o miembros de servicios de asistencia y rescate.

La acción de  resistencia pasiva , junto a la desobediencia, se mantendrá penada con entre seis meses y un año de cárcel, y sólo se castigará la difusión de mensajes que inciten a la comisión de algún delito de alteración del orden público o actos de violencia, pero no la simple convocatoria a movilizaciones.

Delitos contra menores y contra el Rey

Según el informe previo, la  prisión permanente revisable  se aplicará a los  homicidios terroristas , pero también a los cometidos  contra el Rey  o el príncipe heredero y contra jefes de Estado extranjeros. Igualmente, se podrá aplicar a ciertos crímenes que causan especial repulsa social, cuando la víctima sea  menor  de 16 años o especialmente vulnerable o cuando exista también  delito contra la libertad sexual , entre otros.

La reforma introduce también por primera vez en la legislación española la custodia de seguridad para delitos especialmente graves como una medida privativa de libertad para casos excepcionales, que, con una duración máxima de 10 años, se aplicará una vez cumplida la pena de prisión después de que el tribunal valore la peligrosidad del penado.

Además, se modificará el delito de detención ilegal para los casos en los que no aparezca la víctima, en los que se fijará una pena única equivalente a la que corresponde al homicidio, y se prevé la supresión de las faltas, manteniéndose sólo las que son merecedoras de reproche penal, pero como delitos leves, denominados de escasa gravedad y que estarán castigados con penas de multa.

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