CONSEJO DE MINISTROS
El Gobierno aprueba el Código Penal más duro
Incluye la prisión permanente revisable y pena la resistencia pasiva y animar a realizar actos violentos
El Consejo de Ministros ha aprobado este jueves el anteproyecto de ley de reforma del Código Penal, que introduce medidas como la prisión permanente revisable o la custodia de seguridad , que establecerá un periodo de vigilancia posterior a la pena en casos de delitos de especial gravedad.
Según la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, hay cambios esenciales "en violencia sobre la mujer como el matrimonio forzado, el hostigamiento, las coacciones" y la difusión.
El Gobierno también introduce cambios en "el estatuto de la víctima y el delito" y en el estatuto de la carrera judicial, modificando las sustituciones y haciendo que los jueces asuman más trabajo.
El anteproyecto varía el delito de atentado para incluir todos los supuestos de acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves sobre agentes de las fuerzas de seguridad o miembros de servicios de asistencia y rescate.
La acción de resistencia pasiva , junto a la desobediencia, se mantendrá penada con entre seis meses y un año de cárcel, y sólo se castigará la difusión de mensajes que inciten a la comisión de algún delito de alteración del orden público o actos de violencia, pero no la simple convocatoria a movilizaciones.
Delitos contra menores y contra el Rey
Según el informe previo, la prisión permanente revisable se aplicará a los homicidios terroristas , pero también a los cometidos contra el Rey o el príncipe heredero y contra jefes de Estado extranjeros. Igualmente, se podrá aplicar a ciertos crímenes que causan especial repulsa social, cuando la víctima sea menor de 16 años o especialmente vulnerable o cuando exista también delito contra la libertad sexual , entre otros.
La reforma introduce también por primera vez en la legislación española la custodia de seguridad para delitos especialmente graves como una medida privativa de libertad para casos excepcionales, que, con una duración máxima de 10 años, se aplicará una vez cumplida la pena de prisión después de que el tribunal valore la peligrosidad del penado.
Además, se modificará el delito de detención ilegal para los casos en los que no aparezca la víctima, en los que se fijará una pena única equivalente a la que corresponde al homicidio, y se prevé la supresión de las faltas, manteniéndose sólo las que son merecedoras de reproche penal, pero como delitos leves, denominados de escasa gravedad y que estarán castigados con penas de multa.