El tribunal de Estrasburgo condena a España por las ‘devoluciones en caliente’
. La sentencia censura la orden de deportación de treinta saharauis sin esperar a resolver sus peticiones.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) asestó un duro golpe a la política reiterada de España de practicar las conocidas como ‘devoluciones en caliente’, es decir, expulsar a inmigrantes inmediatamente después de que estos alcancen territorio español, aún cuando soliciten derecho de asilo.
Una sentencia del tribunal de Estrasburgo hecha pública ayer condena a España por ordenar la deportación de 30 saharauis sin esperar a la resolución de sus peticiones para obtener protección internacional. Los inmigrantes llegaron a bordo de pateras a Fuerteventura en 2011 y 2012. Lo hicieron huyendo del campamento de Gdeim Izik, a doce kilómetros de El Aaiún, que había sido desmantelado por la policía marroquí.
Una vez en España, todos ellos alegaron el peligro que correrían sus vidas en caso de ser devueltos al país vecino. No obstante, el Ministerio del Interior aprobó la expulsión sin esperar a resolver sus expedientes al asegurar que sus peticiones resultaban «contradictorias e insuficientes». Por el contrario, el Alto Comisionado de la ONU para los Refugiados (ACNUR) informó de que eran «coherentes» y con los «indicios suficientes» para ser aceptadas.
La decisión de Interior fue recurrida sin éxito ante la Audiencia Nacional por la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR). Tras la nueva negativa, la ONG acudió al tribunal de Estrasburgo, que en un primer momento paralizó las órdenes de expulsión y dos años después ha terminado por darle la razón.
La corte europea ordena ahora que se frenen las devoluciones a Marruecos de los 30 inmigrantes hasta que sus peticiones de asilo hayan sido resueltas por la administración. En la sentencia no se entra a valorar si los saharauis deben recibir asilo o no, algo que, se señala, corresponde decidir al Gobierno español. No obstante, sí se refleja que la orden de Interior de expulsar a los inmigrantes viola el artículo 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Estrasburgo también critica que la legislación española carezca de un mecanismo con efecto suspensivo automático que paralice la devolución de quienes pidan asilo hasta que la decisión sobre su caso sea definitiva.