El Supremo confirma otra condena de cárcel de seis años para Munar
El tribunal achaca a la presidenta del Consell de Mallorca tres delitos de corrupción.
María Antonia Munar, en una imagen de archivo.
El Tribunal Supremo confirmó ayer la condena a seis años de prisión y 15 de inhabilitación que la Audiencia de Palma impuso a la ex presidenta del Consell de Mallorca, María Antonia Munar, por tres delitos relacionados con la corrupción en el denominado caso Can Domenge.
Los magistrados de la Sala Segunda consideraron que la exlíder de Unió Mallorquina (UM) cometió fraude a la administración, prevaricación y revelación de secretos por pactar la venta de una finca de titularidad pública a un precio inferior al del mercado.
Por estos mismos hechos, el tribunal condena a cuatro años de cárcel al ex vicepresidente del Consell, Miguel Ángel Nadal, y a penas de entre ocho meses y un año de cárcel a otros ex responsables de la institución, Bartomeu Vicens y Miguel Ángel Flaquer, el abogado Santiago Fiol y el responsable del grupo inmobiliario Sacresa Román Sanahuja.
La sentencia señala que la única prueba directa que incrimina a Munar es la del coimputado Bartomeu Vicens, pero detalla una serie de «verdaderos indicios, poderosos y vehementes» para enervar su presunción de inocencia y añade que bajo su presidencia «la finca, el bien más valioso de todo el patrimonio del Consell de Mallorca, era enajenado por un precio llamativamente inferior a su precio real de mercado».
El Supremo califica de «increíble e inaceptable» que Munar ignorase lo que estaba sucediendo en el órgano que presidía. Por ello mantiene la pena máxima para el delito de revelación de información confidencial al entender que se produjo un grave daño a la cosa pública «y a la propia imagen y confianza que merece nuestro sistema político».
La sentencia recuerda que el inmueble enajenado se depreció entre 15 y 30 millones de euros respecto a su verdadero valor de mercado. Munar ya se encuentra en prisión cumpliendo una pena firme de cinco años y seis meses por el caso Maquillaje, acusada de malversación y prevaricación por dar dos subvenciones de 120.000 a una productora televisiva en la que tenían intereses.
Probado
El Tribunal Supremo considera probado lo establecido por la Audiencia es decir, que los altos cargos del Consell de Mallorca, dirigentes de la extinta Unió Mallorquina, el empresario dueño de la promotora Sacresa y el abogado que la representaba «se concertaron para beneficiar de manera arbitraria a una determinada sociedad, en la enajenación de un bien público al tiempo que ocasionaban un cuantioso perjuicio económico a la administración»
Además, apunta a que aunque la única prueba directa que incrimina a Munar es la declaración del coimputado Bartomeu Vicens, existe una larga serie de «indicios poderosos y vehementes» que eliminan en su caso la presunción de inocencia, es decir, que bastan para condenarla.
El Supremo confirma la sentencia salvo en lo que se refiere a la pena de inhabilitación para Munar, sobre la cual el fiscal pidió que se rebajara y que queda fijada en un total de quince años, frente a los veinticinco establecidos por la Audiencia.