El etarra Santi Potros seguirá preso y Plazaola volverá a la cárcel
El Tribunal Supremo aceptó ayer el recurso que la Fiscalía presentó contra las excarcelaciones de los etarras Santiago Arrospide, alias ‘Santi Potros’, y de Alberto Plazaola, que fueron acordadas por un tribunal de la Audiencia Nacional tras acatar una directiva marco del Consejo de Europa aprobada en 2008, la cual prevé acumular penas por condenas cumplidas en cualquier país de la Unión Europea.
Según fuentes del alto tribunal, la decisión de la Sala de lo Penal supone que ‘Santi Potros’, de 66 años, seguirá en prisión hasta 2025 y que Plazaola tenga que volver hasta 2026, cuando estaba previsto su licenciamiento tras pasar 24 años encarcelado. Ahora será el tribunal sentenciador de la Audiencia Nacional quien tenga que decretar una orden de detención cuando reciba la notificación del Supremo.
‘Santi Potros’ se encuentra actualmente en prisión preventiva en relación con dos atentados cometidos en los años ochenta en los que se sospecha de su intervención (uno con resultado de una persona fallecida y otro en grado de tentativa). Por su parte, Plazaola está en libertad después de que así lo acordara la Sección Primera de la Sala Penal en relación con la citada decisión marco del Consejo de Europa.
La votación de ayer se produjo por mayoría de cuatro a uno. El voto particular fue del magistrado Joaquín Giménez, contrario al resultado favorable al recurso del fiscal, según las fuentes consultadas. El Ministerio Público defendía que, según esta norma, no cabe la acumulación de penas y, por lo tanto, tampoco la excarcelación en casos como los citados.
Criterios contrarios
El tribunal de la Sección Primera decidió, en aplicación de la citada directiva, dejar en libertad a ‘Santi Potros’ y a Plazaola a partir de una interpretación de la legislación que fue contradictoria con otras secciones de la Audiencia Nacional. Se trataba, en síntesis, de la aplicación de diferentes criterios sobre la entrada en vigor de la norma en España, que el Gobierno introdujo el pasado diciembre pese a que habían pasado seis años desde su aprobación. El mismo Supremo advirtió hace un año al legislador que esta parálisis tendría consecuencias procesales.