El presidente del Gobierno ya puede instaurar una situación de crisis nacional por decreto
La nueva Ley de Seguridad Nacional entrará en vigor hoy, después de que ayer fuese publicada en el BOE. La nueva normativa, aprobada por el pleno del Senado el pasado 10 de septiembre, faculta al presidente del Gobierno a instaurar un nuevo grado de emergencia —la denominada «situación de interés para la seguridad nacional»— por decreto ley.
Esta «situación de interés para la seguridad nacional» se une, en la parte inferior de gravedad, a los estados de de sitio, alarma y excepción establecidos en la ley orgánica que se hizo exprofeso en 1981. Los dos primeros —estado excepción y sitio— tienen que ser aprobados por el Congreso, mientras que el estado de alarma y esta nueva «situación de interés para la seguridad nacional» no. Eso sí, la ley establece que en este nuevo grado no podrán ser suspendidos los derechos fundamentales. La ley ha sido muy criticada por su vaguedad a la hora de definir las condiciones de «situación de interés».