Diario de León

Los juristas urgen revisar el Código Penal para que sólo un ‘sí’ sea ‘sí’

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El Tribunal Supremo ha reforzado la doctrina sobre intimidación y consentimiento en los delitos sexuales con la sentencia de La Manada, un paso que las mujeres juristas aplauden a la vez que exigen con urgencia el cambio de la legislación actual del Código Penal para introducir la violación. «No existió consentimiento alguno por parte de la víctima, creándose una intimidación que se desprende sin género de dudas del terrible relato de hechos probados», considera el Supremo, un estado de intimidación que la hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad. En la propia sentencia en la que condena a los cinco miembros de La Manada a 15 años de cárcel por un delito continuado de violación y no por abuso en los Sanfermines de 2016, el alto tribunal reconoce que la catalogación de los delitos contra la libertad sexual del Código Penal de 1995 «ha producido cierta confusión» porque en él conviven el abuso y la agresión sexual.

También recuerda que el Convenio de Estambul obliga a realizar las reformas legales necesarias para tipificar el delito de violación —o agresión sexual— en función del consentimiento de la víctima: «El consentimiento debe prestarse voluntariamente como manifestación del libre arbitrio de la persona considerado en el contexto de las condiciones circundantes», fija ese texto ratificado por España.

La presidenta de la Audiencia de Navarra y coordinadora de género de Jueces y Juezas para la Democracia, Esther Erice, ha explicado este viernes a Efe que sería conveniente una adecuación de los tipos penales «más accesible, más clara y acorde con el Convenio de Estambul», para aplicar el Código Penal con un menor margen de interpretación. Erice ha subrayado que los delitos contra la libertad sexual son los tipos más han cambiado desde que se promulgara el Código Penal en 1995 y ha matizado que «cuando un texto legal se modifica reiteradamente» puede perder «sencillez o claridad».

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