El juez amplía la investigación contra Zapatero

Calama descarta que la Udef haya abierto una causa general contra el expresidente del Gobierno.Abre las pesquisas a las supuestas comisiones en Bolivia y avisa de que puede ir más allá

José Luis Rodríguez zapateroEuropa Press

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Colpisa
Madrid

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Nuevo varapalo a José Luis Rodríguez Zapatero. La Audiencia Nacional ha decidido que la investigación no se limitará al supuesto cobro de mordidas por el rescate de Plus Ultra. El juez José Luis Calama ha avalado que las diligencias se extiendan a los 200.000 euros que el expresidente recibió de una sociedad peruana por unas gestiones que la Udef vincula a los intereses del Grupo Gloria y de su cementera Soboce en Bolivia.

El instructor rechaza retirar de la causa el informe policial que abrió este nuevo frente y descarta que los agentes hayan emprendido una investigación general e indiscriminada sobre la vida profesional del exmandatario. La defensa había pedido que el informe 2910/2026 fuera desgajado del procedimiento y devuelto a la UDEF al considerar que Focus Social Research, la empresa que pagó el dinero, no figuraba entre las sociedades inicialmente investigadas en el caso Plus Ultra.

Zapatero sostenía que el análisis de esas transferencias respondía a una investigación prospectiva, sin límites claros y ajena al objeto fijado en los primeros autos. Calama niega esa tesis. Las operaciones, razona, no aparecieron como resultado de una búsqueda indiscriminada para averiguar si el expresidente había cometido cualquier delito, sino durante el examen de fuentes de prueba obtenidas con autorización judicial dentro de unas diligencias ya abiertas.

El juez subraya que la instrucción penal no queda congelada por el contenido del primer auto. Si de las pruebas incorporadas emergen nuevos hechos con apariencia delictiva, el instructor debe examinarlos, decidir si están conectados con la causa principal o, en su caso, abrir diligencias separadas. Lo que no puede hacer, afirma, es ignorarlos.

"El perímetro no es un espacio cerrado ni estático", sostiene la resolución. Calama se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo para recordar que una investigación puede avanzar, profundizar y abrir nuevas líneas cuando aparecen datos relevantes. Pretender que el primer auto de imputación blinde al investigado frente a cualquier indicio posterior constituye, según la jurisprudencia que cita, un "dislate".

El magistrado insiste en que no se ha practicado ninguna diligencia al margen de la autorización judicial ni se ha desplegado una fiscalización general de la actividad profesional de Zapatero. La Policía se limitó, según el auto, a examinar un flujo económico que aparecía en la documentación intervenida y que, por su cuantía, origen y contexto, podía resultar relevante para determinar si existieron contraprestaciones ilícitas o influencias indebidas.

Que el expresidente participe en conferencias, mediaciones o trabajos de asesoramiento no convierte automáticamente todos sus ingresos en legítimos ni impide revisar operaciones concretas. "La defensa confunde la licitud abstracta de la actividad profesional con la irrelevancia penal de determinadas operaciones económicas", señala Calama. La investigación deberá esclarecer ahora qué servicios prestó realmente, quién era el beneficiario último y si los pagos guardaron relación con las gestiones realizadas en Bolivia.

El origen de la operación se remonta a mayo de 2024. Zapatero firmó un contrato con Focus Social Research SAC, una compañía peruana dedicada formalmente a estudios de mercado, comunicación, publicidad, relaciones públicas y desarrollo empresarial. El acuerdo fijaba una remuneración anual de 200.000 euros y añadía una dieta de 10.000 euros diarios si tenía que viajar o participar en actividades en el extranjero. La empresa asumía además los vuelos en clase ejecutiva, el alojamiento y la manutención.

El dinero se abonó en tres transferencias. La primera, de 100.000 euros, llegó a una cuenta del expresidente en julio de 2024. Las otras dos, de 50.000 euros cada una, fueron ingresadas en junio de 2025. La UDEF sostiene que Focus actuó como sociedad interpuesta y que los destinatarios reales de los servicios eran el Grupo Gloria y Soboce, inmersos en litigios de gran valor económico con el Estado boliviano.

La secuencia arrancó antes de la firma. El 8 de mayo de 2024, Zapatero recibió en su oficina de Ferraz a Carmen Almendras, exembajadora de Bolivia en España. Al día siguiente, Gertrudis Alcázar, secretaria del expresidente, remitió un borrador del contrato. El 10 de mayo hubo otra reunión en el hotel Santo Mauro y, tres días después, se preparó la primera factura por 100.000 euros.

Los documentos que circularon posteriormente se referían, según la Policía, a los problemas judiciales y administrativos de Soboce: reclamaciones tributarias, nacionalización de participaciones y una indemnización superior a 100 millones de dólares. A finales de mayo se celebró además una reunión telemática con responsables del Grupo Gloria y de la cementera.

El episodio central tuvo lugar en septiembre de 2024. Zapatero viajó a Bolivia y se reunió con el entonces presidente Luis Arce y con el ministro de Economía, Marcelo Montenegro. Antes de esas citas, su secretaria pidió, por indicación del expresidente, una actualización sobre la situación de Soboce.

La Udef destaca también varios mensajes de mayo de 2025. Según el informe, Zapatero habló con Arce y, al día siguiente, Alcázar solicitó el contacto del procurador general de Bolivia y pidió ser avisada cuando el presidente hubiera hablado con él para que después Zapatero pudiera llamarle. Posteriormente comunicó que el ministro de Justicia ya había contactado con el procurador y que el expresidente no debía efectuar esa llamada.

Transferencias continuas 

El 30 de mayo de 2025, un tribunal boliviano estimó un amparo de Soboce y dejó temporalmente sin efecto una resolución que obligaba a la empresa a pagar alrededor de 107 millones de dólares. Semanas después llegaron las dos últimas transferencias de Focus, que completaron los 200.000 euros.

La Udef interpreta esa concatenación como una posible dinámica de intermediación e influencias remunerada mediante un contrato de consultoría simulado. La defensa sostiene que los ingresos correspondieron a una actividad profesional real y declarada. Calama no da por acreditada la tesis policial, pero considera que presenta suficiente verosimilitud para ser investigada y mantiene el informe dentro de la causa.

Hacienda corrige un error en la inspección fiscal a Zapatero por el impuesto de grandes fortunas

La Agencia Tributaria corrige un documento enviado a principios de julio al juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama en el que situaba en el año 2002 el inicio de la investigación administrativa al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por el impuesto de grandes fortunas. Hacienda aclara ahora que las fechas correctas van de 2022 a 2024, señalando que la confusión fue un error de escritura al redactar el informe. Este fallo de calendario salió a la luz cuando el fisco pidió al magistrado paralizar temporalmente la investigación que se estaba desarrollando en torno al exmandatario, su familia y sus socios. La Agencia Tributaria admitió que la vía judicial tiene mejores herramientas para conseguir pruebas y prefirió frenar sus propios trámites para no entorpecer el 'caso Plus Ultra'.

El escrito que rectifica ahora la Agencia Tributaria es el que desveló que estaba desarrollando inspecciones fiscales de los ejercicios comprendidos entre 2021 y 2025 y de "alcance general" a José Luis Rodríguez Zapatero, su mujer, Sonsoles Espinosa, sus hijas Alba y Laura, la empresa familiar Whathefav, su presunto testaferro Julio Martínez Martínez y una docena de sociedades vinculadas a la órbita económica de los implicados. La revisión abarca cinco campos diferentes: los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el del Valor Añadido (IVA), el de Sociedades, el de Patrimonio y el Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas -sobre el que ahora Hacienda ha señalado el error cometido.

Pero pese a haber abierto este proceso, la Agencia Tributaria pidió a Calama que autorizase la paralización del mismo -dado que solo puede hacerse vía judicial- dado que podía chocar con la investigación que este está desarrollando en la Audiencia Nacional. En el primer escrito remitido al juez solicitaba que valorase frenar de manera temporal el fisco hasta comprobar el avance de la causa judicial. Argumentaba, además, que las pesquisas de Hacienda podían verse entorpecidas dado que hay ciertos documentos relevantes que en estos momentos se encuentran en sede judicial y que, por tanto, no podrían acceder a ellos.

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El instructor no ha tomado todavía ninguna decisión definitiva sobre el fondo del asunto y se ha limitado a dar traslado de la documentación al Ministerio Fiscal para que elabore su correspondiente informe. En caso de que el juzgado decida no ordenar la paralización de las pesquisas por prejudicialidad penal, Hacienda continuará con el procedimiento ordinario en vía administrativa mediante la emisión de liquidaciones provisionales y la imposición de las sanciones tributarias que correspondan.