La AN deja en libertad al condenado por los asesinatos de Ellacuría
Arguye razones médicas para la medida de gracia al criminal de cinco jesuitas españoles en El Salvador
ESA03. SAN SALVADOR (EL SALVADOR), 30/05/2011.- Fotografia de archivo del 13 de noviembre de 2010 de un afiche con los retratos de los cinco jesuitas españoles y uno salvadoreño asesinados hace más de 21 años por militares en la Universidad Centroamericana (UCA) en El Salvador. El juez de la Audiencia Nacional española, Eloy Velasco, ha procesado bajo las acusaciones de asesinatos terroristas y lesa humanidad o contra el derecho de gentes a 20 militares salvadoreños por el asesinato de los sacerdotes españoles Ignacio Ellacuría, Ignacio Martín Baró, Segundo Montes, Amando López, Juan Ramón Moreno y al salvadoreño Joaquín López, así como de las empleadas Julia y Celina Ramos en El Salvador el 16 de noviembre de 1989. EFE/Roberto Escobar
La Audiencia Nacional (AN) ha acordado conceder la libertad condicional por razones médicas a Inocente Orlando Montano Morales, excoronel y exviceministro de Seguridad Pública de El Salvador, que fue condenado a 133 años y tres meses de cárcel por el asesinato del ideólogo de la Teoría de la Liberación, Ignacio Ellacuría, y de otros cuatro jesuitas españoles en 1989 en El Salvador, entre ellos los vallisoletanos Segundo Montes e Ignacio Martín-Baró. En un auto avanzado por El Confidencial, el magistrado de la Plaza 1 de la Sección de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, acuerda la libertad condicional para Montano, que cumplía la condena en el centro penitenciario Madrid VII de Estremera, con la condición de que «siga tratamiento en el centro de salud que corresponda a su domicilio». Fue la propia prisión la que, en marzo de este año, propuso la concesión de la libertad condicional a Montano, que en 2020 fue condenado por cinco delitos de asesinato con límite de cumplimiento a 30 años de privación de libertad. En el auto, el magistrado aduce que Montano, de 84 años de edad, presenta «un declive cognitivo elevado con presencia de delirios que afectan a la capacidad de adaptarse al centro», lo que «le genera una enorme vulnerabilidad con alto grado de dependencia para las actividades cotidianas de la vida diaria». «Desde la perspectiva médico-jurídica atendiendo al estado de salud, la enfermedad irreversible que padece con constantes salidas al hospital hace necesario acceder a la libertad condicional en aras a la existencia de una enfermedad muy grave e incurable, a lo que se une una avanzada edad», arguye. El magistrado Castro alude a «numerosas resoluciones» judiciales para argumentar que, en estos casos, la excarcelación «responde a principios de humanidad y dignidad de las personas como derecho inviolable».