Diario de León

Según el alto tribunal todas mantienen una «continuidad operativa» con Batasuna

El Supremo anula 241 candidaturas electorales en el País Vasco y Navarra

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EP - MADRID.

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El Tribunal Supremo acordó ayer anular 241 candidaturas que concurrían a las elecciones del próximo 25 de mayo en el País Vasco y Navarra, al considerar que se trata de sucesoras de las ilegalizadas Batasuna, HB y EH, respecto de las cuales mantenían una «continuidad operativa», según informó en una nota de prensa el alto tribunal. La impugnación fue realizada el pasado jueves por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que cuestionaron 249 listas. El Supremo ha estimado parcialmente los recursos y ha excluido de la carrera electoral a 241 candidaturas, mientras que mantiene la vigencia de las otras 8, al considerar que no se ha probado suficientemente su vinculación con Batasuna. La decisión ha sido adoptada por unanimidad de los 16 magistrados de la denominada «Sala del 61» del Supremo, la misma que decretó la ilegalización de Batasuna el pasado 27 de marzo. Los jueces, que han estudiado los argumentos de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía, y las alegaciones planteadas por unas 200 de las candidaturas impugnadas, se reunieron en la tarde y la noche del viernes, y reanudaron las deliberaciones a primera hora de ayer. Las candidaturas excluidas, entre las que destacan las de la plataforma AuB, pueden recurrir ahora la decisión ante el Tribunal Constitucional, para lo que tienen de plazo hasta el próximo lunes. El Tribunal Constitucional tendrá que resolver entre los días 6 y 8 de mayo, víspera del comienzo de la campaña electoral. Las ocho candidaturas sobre las que no se ha demostrado vinculación con Batasuna son: Iruñako Ezkerrak-Izquierdas de Iruña (IE), en el municipio de Iruña de Oca (Alava), formada por disidentes de Izquierda Unida; Soraluzeko Askatasun Haizeak (SHA), en el municipio de Soraluzel Plasencia (Vizcaya); Aramako Herri Batzarra, en Arama (Guipúzcoa); Olaberriko Talde, en el municipio de Olaberría (Guipúzcoa); Unzaillaitz Herri Plataforma, en el municipio de Izurtza (Vizcaya); Popular-Herri; Baztarramendi (AEB), en el municipio de Ergoiena (Navarra), agrupación próxima a Eusko Alkartasuna; y Goizueta Bizirik (GB), en el municipio de Goizueta (Navarra). Acuerdos anulados Las candidaturas anuladas se presentaban a las elecciones autonómicas en Navarra; a las Juntas Generales de los Territorios Históricos de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, así como a distintos Ayuntamientos de las Comunidades Vasca y Foral de Navarra. La decisión del Supremo estima parcialmente los recursos contencioso administrativos electorales deducidos por la Abogacía del Estado y por el Ministerio Fiscal contra los acuerdos de las juntas electorales provinciales y de zona que proclamaron las 241 candidaturas, acuerdos que son anulados por no ser conformes a derecho. El Supremo ha estimado que dichas Agrupaciones Electorales son «continuidad operativa» de los partidos políticos Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna, declarados ilegales y disueltos por la sentencia de la «Sala del 61» de 27 de marzo del 2003. Las 241 candidaturas cuya proclamación se ha considerado disconforme a derecho no podrán concurrir a las Elecciones convocadas para el próximo día 25 de mayo, sí pudiendo hacerlo las 8 restantes, respecto de las cuales se han desestimado los recursos.

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