El alto tribunal rechazó suspender la sentencia del Supremo mientras estudia el recurso a la misma

Batasuna seguirá ilegalizada hasta la resolución del Constitucional

El fallo definitivo se dará a conocer antes de las elecciones generales del próximo marzo

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Alfonso Torices - madrid
León

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El Tribunal Constitucional rechazó ayer suspender de forma cautelar la sentencia del Tribunal Supremo que ilegalizó a Batasuna mientras resuelve el recurso de amparo que el partido presentó contra el fallo del alto tribunal, y en cuyo escrito la formación aberzale solicitaba esta medida previa. El recurso fue admitido a trámite el pasado día 22. La Sala Segunda, encargada de resolver el recurso, considera que la vinculación de Batasuna con ETA, afirmada con claridad en la sentencia recurrida, hace que la vuelta del partido a la actividad política, aunque sólo fuese temporal, pueda causar graves daños tanto al sistema político como a terceras personas perseguidas por sus ideas en el País Vasco. Por este motivo, el Constitucional asegura que el perjuicio a los derechos del partido y de sus simpatizantes que pueda causar con la no suspensión cautelar de la sentencia -en el caso de que se le dé la razón en el recurso- siempre será menor que el daño que se le causaría a los citados terceros si se permite reanudar la actividad de la formación y luego la ilegalización del Supremo es confirmada. Rápida resolución No obstante, el auto de la sala señala que «la certeza y gravedad de los perjuicios» que la no suspensión provocará al partido en caso de que gane el recurso hace que el tribunal se comprometa a «acelerar» la resolución del presente recurso, «anteponiéndola en el orden de señalamientos» y «adelantando el momento de dictar sentencia». Este trámite de urgencia podría hacer que el fallo se conociese antes de las próximas elecciones generales, de marzo del 2004, primeros comicios a los que la formación ilegalizada podría concurrir si se anula la sentencia del Supremo. Batasuna pidió al Constitucional la suspensión cautelar del fallo del Supremo para que no quede invalidada la efectividad de la pretensión de este proceso mientras se resuelve el recurso. Es decir, para que los perjuicios sufridos durante el proceso no invaliden una posible victoria en el recurso. En concreto, especifica el daño para los derechos de asociación y libertad de expresión del partido y de sus miles de votantes si no puede presentarse a las próximas elecciones generales y a las autonómicas vascas. Pese a lo cual, la sala, en consonancia con las alegaciones de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado, aclara que la suspensión cautelar es un hecho excepcional y que, en ningún caso, aún existiendo un perjuicio potencial para el recurrente, puede concederse si «perturba gravemente los intereses generales o los derechos de terceros». El tribunal considera que si la resolución es rápida, el perjuicio para Batasuna no será irreversible pues, en caso de ganar, recuperaría sus derechos y el patrimonio incautado.

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