Diario de León

Prisión por financiar con fondos públicos organismos ilegalizados por su relación con ETA

El Código Penal recogerá como delito la protección que da Atutxa a Batasuna

El presidente del Parlamento vasco puede ser condenado a cinco años de prisión

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Alfonso Torices - madrid
León

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Las reformas anunciadas ayer por el Gobierno para el Código Penal no se agotan en lo que el Plan Ibarretxe se refiere. Un nuevo artículo convertirá en delito el comportamiento del presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, que se niega a retirar a Socialistas Abertzales (SA) los medios humanos y materiales -administrativos, equipos técnicos y locales- que corresponden a los grupos parlamentarios, pese a que el grupo fue disuelto en mayo por el Tribunal Supremo. El nuevo artículo del Código Penal, que podría entrar en vigor antes de que finalice el año, contempla que Atutxa puede ser acusado por un delito que acarrea penas de hasta cinco años de prisión. La reforma legal agrava de forma considerable el castigo que puede recibir el presidente de la cámara vasca por no ejecutar las sentencias del Supremo, que hasta ahora se reducía al delito de desobediencia, sancionado sólo con pena de inhabilitación para el ejercicio del cargo por un período máximo de tres años. La introducción del nuevo delito, que el Congreso puede aprobar el 23 de diciembre y que entraría en vigor de inmediato, no sólo puede acarrear responsabilidades a Atutxa, sino también a cualquier parlamentario vasco que se niegan a ejecutar las resoluciones del Supremo consecuencia de la ilegalización de Batasuna, como los representantes del EA e IU en la Mesa de la Cámara, Gorka Knörr y Kontxi Bilbao. Es más, el nuevo artículo hace también responsables del delito a los funcionarios que posibiliten que el grupo disuelto -SA- tenga y disfrute de fondos, subvenciones o bienes públicos. La filosofía del nuevo delito, según el ministro de Justicia, José María Michavila, es que ninguna autoridad o funcionario pueda financiar con fondos o bienes públicos a partidos, grupos o asociaciones ilegalizadas o suspendidas por su vinculación con ETA y que esa prohibición penal se extienda a los partidos, grupos, asociaciones, particulares o agrupaciones de electores que continúen con la labor de las organizaciones ilegalizadas, disueltas o suspendidas.

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