El Supremo establece que la venta de hachís es delito a partir de 10 miligramos

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Europa Press | madrid

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La Sala Penal del Tribunal Supremo ha fijado en una sentencia que el tráfico con más de 10 miligramos de hachís es delito, ya que esta dosis es la «mínima psicoactiva» de esta droga que resulta nociva para la salud y afecta a las funciones físicas o psíquicas de una persona. El alto tribunal condenó a tres años de cárcel y multa de 20 euros a un hombre que vendió a otro una papelina con 0,190 gramos de heroína en un bar de Bilbao, y a quien la Audiencia de Vizcaya había absuelto al considerar que esa cuantía de droga era incapaz de dañar la salud de las personas. Dosis mínima El tribunal ha basado su decisión en las dosis mínimas que el Instituto Nacional de Toxicología ha establecido para cada sustancia y que fueron remitidas al alto tribunal el pasado mes de enero. No obstante, la Sala indica que esas cuantías tienen el valor de «simple referencia, susceptible de cuantas matizaciones pueda aconsejar el caso concreto», aunque suponen una referencia genérica que sirve para unificar las decisiones de los tribunales. La sentencia que emite el Supremo anula una anterior emitida por la Audiencia de Vizcaya que consideraba que la venta de una papelina con 0,190 gramos de heroína no era delito porque era incapaz de dañar a la salud de las personas. El hombre anteriormente absuelto deberá cumplir ahora tres años de prisión. Para esta decisión se ha basado en una tabla emitida por el Instituto Nacional de Toxicología, según la cual, las dosis mínimas de cada droga que afectan a sus funciones psíquicas o físicas son: 0,66 miligramos en el caso de la heroína; 50 en el de la cocaína; 10 en el hachís; y 20 en el éxtasis o MDMA. Sin embargo, el alto tribunal, que estima un recurso del fiscal, destaca que con la cantidad que vendió el acusado podían haberse confeccionado hasta 20 dosis con capacidad de afectar a la salud de las personas, de acuerdo a los baremos establecidos por el Instituto de Toxicología. El tribunal va aún más allá y destaca que, en determinadas circunstancias puede dudarse incluso de lo ajustado de las dosis mínimas de droga con principio activo, por ejemplo en el caso de niños, enfermos o mujeres embarazadas, o si se atiende a que determinados vendedores pretenden, con dosis iniciales muy pequeñas, iniciar a los neófitos para que se hagan drogodependientes.

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