Un instrumento novedoso y pionero
Por ahora sólo hay dos en marcha, pero muy pronto todas las comarcas de la comunidad autónoma contarán con su propio plan forestal a medida
La novedad más importante de la Ley de Montes la constituyen los planes de ordenación de los recursos forestales (PORF). 1 ¿Qué son? Los planes forestales comarcales son una nueva herramienta para la gestión forestal sostenible y básicamente incluirán una serie de tácticas organizas en el espacio y en el tiempo que fomenten el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales. El desarrollo de estos planes en Castilla y León es inminente y el Plan Forestal de Castilla y León (PFCyL) los define como documentos tácticos e independientes para cada una de las 31 comarcas de la comunidad. 2 ¿Qué planificarán? El PORF incluye la planificación comarcal de la consolidación de la propiedad, de las repoblaciones, los tratamientos selvícolas, los aprovechamientos pascícolas y la defensa forestal (sanidad e incendios). Asimismo, abarca la planificación comarcal de vías y del uso público de los montes y bosques periurbanos. 3 Obligatoriedad El contenido de estos planes será obligatorio y ejecutivo en las materias reguladas en esta ley. Asimismo, tendrán carácter indicativo respecto de cualesquiera otras actuaciones, planes o programas sectoriales. 4 Ámbito territorial El ámbito territorial de los PORF serán los territorios forestales con características geográficas, socioeconómicas, ecológicas, culturales o paisajísticas homogéneas, de extensión comarcal o equivalente. Se podrán adaptar a aquellas divisiones de ámbito subregional planteadas por la ordenación del territorio. 5 Órgano responsable Las comunidades autónomas, a propuesta de su órgano forestal, elaborarán y aprobarán los PORF y determinarán la documentación y contenido de estos. 6 Fases del Porf a) Delimitación del ámbito territorial y caracterización del medio físico y biológico. b) Descripción y análisis de los montes y los paisajes existentes en ese territorio, sus usos y aprovechamientos actuales, en particular los usos tradicionales, así como las figuras de protección existentes, incluyendo las vías pecuarias. c) Aspectos jurídico-administrativos: titularidad, montes catalogados, mancomunidades, agrupaciones de propietarios, proyectos de ordenación u otros instrumentos de gestión o planificación vigentes. d) Características socioeconómicas: demografía, disponibilidad de mano de obra especializada, tasas de paro, industrias forestales, incluidas las dedicadas al aprovechamiento energético de la biomasa forestal y las destinadas al desarrollo y promoción del turismo rural. e) Zonificación por usos y vocación del territorio. Objetivos, compatibilidades y prioridades. f) Planificación de las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos fijados en el plan, incorporando las previsiones de repoblación, restauración hidrológico-forestal, prevención y extinción de incendios, regulación de usos recreativos y ordenación de montes, incluyendo, cuando proceda, la ordenación cinegética, pascícola y micológica. g) Establecimiento del marco en el que podrán suscribirse acuerdos, convenios y contratos entre la Administración y los propietarios para la gestión de los montes.