El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León reconoce el «daño moral» aunque no considera la situación de acoso

Una funcionaria gana una causa contra la Junta tras denunciarla por hostigamiento

Es la primera sentencia por mobbing que condena a una administración en León

León

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a la Junta a pagar tres mil euros por «daño moral» a una funcionaria leonesa que demandó por acoso a la administración autonómica. La sentencia no reconoce, paradójicamente, que la denunciante sufriera una situación de acoso. La funcionaria, que estaba destinada en el servicio territorial de Fomento en León como jefa de negociado de la sección de Urbanismo, denunció a la Junta en el año 2002 por «hostigamiento y acoso moral» al serle exigidas funciones impropias a su categoría funciones y expulsada del despacho al pasillo, junto a la fotocopiadora y el ordenanza. Estos hechos ocurrieron entre julio de 2001 y febrero del 2002, período en el que la demandante era obligada a visualizar y fotocopiar boletines oficiales en el pasillo mientras su despacho permanecía vacío y con su nombre y cargo a la entrada de la puerta. En abril del 2002, la funcionaria fue destinada de nuevo al pasillo. Como medio de comunicación con ella sus superiores utilizaban «notas interiores»; además, derivaban a su teléfono las llamadas que recibía un funcionario sin nivel jerárquico superior y propusieron suprimirle el plus de productividad. La sala de lo contencioso administrativo del TSJ concluye que estas pruebas, entra otras aportadas, «no son bastantes para integrar una situación de acoso», pero matiza que «consideradas aisladamente sí que han afectado a la dignidad del(a) funcionario(a), lo que necesariamente se traduce en la consideración de que se ha producido un daño moral que merece ser reparado». El fallo del Tribunal Superior de Justicia no es recurrible y anula una sentencia absolutoria del juzgado de lo contencioso de León. En contra de la práctica habitual, los magistrados revisan la valoración de la prueba que realizó el juez leonés, aunque sin llegar a admitir la situación de acoso laboral como «conjunto de actos y actitudes hostiles dirigidas a un trabajador -aquí funcionaria- producidos durante un período continuado de tiempo que persiguen el efecto de lograr que abandone su puesto de trabajo o hacerle sumamente incómoda su permanencia». Sin embargo, el tribunal alega «no es irrelevante» que la funcionara fuera expulsada de su despacho en dos ocasiones, para ubicarla al final del pasillo, en un lugar «del todo inadecuado». Y añade que, a efectos del daño moral por la afectación a la dignidad profesional, «es especialmente elocuente que tales hechos eran presenciados por el resto de los compañeros a quienes llamaba la atención esa situación». «Todo ello, en fin, no puede decirse que haya sido inocuo en la afectación de la dignidad profesional» de la funcionaria, subraya el tribunal, para establecer, a continuación, la indemnización de tres mil euros «que se estima suficiente para lograr la reparación del menoscabo profesional sufrido». La funcionaria nunca volvió a su despacho en el servicio de Fomento. Gracias a un concurso de traslados, pudo cambiar de puesto a otro servicio de la Delegación de León donde trabaja actualmente, después de más de 40 años de servicio en la administración pública. Según su versión, la persecución contra ella comenzó después de ganar, también en los tribunales, un expediente disciplinario mediante el que la suspendían de empleo y sueldo una semana. «Me mandaban hacer una función con el ordenador para la que no había programa». «Las deficiencias en la empresa como la falta de definición de tareas y funciones y el abuso de poder pueden ser causas del acoso moral en el trabajo» MIGUEL ÁNGEL CASTAÑÓN, psicólogo leonés

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