El documento se publicará esta semana en el Bocyl, casi un año después de la implantación de la norma, el 1 de enero

La Junta da vía libre a la orden que regula las ayudas de la Ley de Dependencia

La administración autonómica fija un copago máximo del 60% para rentas elevadas

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S. Suárez - león
León

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La Junta de Castilla y León sufragará los gastos de aquellas personas que tengan derecho a una prestación por dependencia cuando su capacidad económica sea igual o menor a la pensión no contributiva (312,43 euros) y fijará un copago máximo del 60% para las que tengan las rentas más elevadas, según consta en la Orden de desarrollo de los criterios para el cálculo de la capacidad económica, coeficiente reductor y aportación de los dependientes en el coste de los servicios que se publicar esta semana en el Boletín Oficial de Castilla y León. La Ley de Dependencia entró en vigor el pasado 1 de enero y su implantación se alargará de forma progresiva hasta el 2015. El documento, consensuado por los sindicatos CC.OO. y UGT, Cecale y la Administración regional, se enmarca dentro de la mesa de Diálogo Social y supondrá el desbloqueo de la aplicación de la Ley de Autonomía Personal y Atención a las Personas con Discapacidad en el territorio de la Comunidad. Tendrá carácter transitorio y provisional, hasta que el Gobierno central apruebe un sistema para el conjunto del país, según explicó el consejero de Familia e Igualdad de Oportunidades, César Antón. Además, añadió que, según los cálculos de su departamento, el copago medio no rebasará la cifra del 33 por ciento, teniendo en cuenta el perfil de la mayoría de los beneficiarios. La prestación económica, con carácter periódico, se reconocerá sólo cuando la Junta no pueda garantizar el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado. Durante este tiempo, con carácter «excepcional», la Administración sufragará una parte del servicio a la persona afectada, hasta que se le pueda ofrecer un recurso público, el objetivo «a corto y medio plazo», precisó el consejero, quien añadió que la Ley establece que los beneficiarios de las prestaciones por dependencia deben participar en las financiación de las mismas, siempre en función del coste del servicio y de su capacidad económica. La orden regula tanto el sistema de copago o la aportación del usuario, como la capacidad económica personal y la cuantía de las prestaciones. Afectará a los aproximadamente a 15.800 grandes dependientes de grado III (nivel 1 y 2) que viven en Castilla y León (el reconocimiento se realiza en función de un baremo), tiendo en cuenta que la Ley se aplicará de forma progresiva hasta 2015 y que irá incorporando de forma paulatina al resto de personas que tienen algún grado reconocido. Para establecer la aportación del usuario, el documento parte de la capacidad económica del mismo, que se calcula en función de los ingresos y las cargas familiares. A partir de esta cifra, establece las cuantías que reconocerá la Administración por los servicios. Para ello, la Junta utilizará diversas fórmulas y coeficientes reductores, teniendo en cuenta las cuantías máximas que establece la Ley, así como un conjunto de deducciones por prestaciones similares. Cuantías máximas Las cuantías máximas se reconocerán en función de los grados y niveles. Así, para el grado III nivel 2, la prestación económica vinculada al servicio y de asistencia personal es de 780 euros y la referida a cuidados en el ámbito familiar, de 487 euros; mientras que para el grado III nivel 1 es de 585 euros y 390, en cada caso. El consejero de Familia explicó que la Junta garantizará la cuantía máxima a todas aquellas personas dependientes con una capacidad económica igual o inferior al Índice de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem), un coeficiente que se utiliza en el conjunto del país para calcular, entre otras, prestaciones sociales. Está fijado en la actualidad en 499,2 euros. Se aplicará un coeficiente reductor en los casos en los que la capacidad económica sea superior al Iprem. Si una vez aplicado éste, la cuantía es inferior a la pensión no contributiva, se garantizarán los 312,43 euros en los que está fijado en la actualidad este concepto. Las deducciones por prestaciones de análoga naturaleza se deducirán de la cuantía por la prestación por dependencia. Entre estas figuran el complemento de gran invalidez (50 por ciento de la pensión de incapacidad permanente que perciba el interesado -son 14 mensualidades-); el de asignación económica por hijo a cargo mayor de 18 años con un grado de minusvalía igual o superior al 75 por ciento (156,22 euros al mes -12 mensualidades-); complemento de necesidad de otra persona de la pensión de invalidez no contributiva (156,22 euros al mes -14 mensualidades-); subsidio de ayuda a tercera persona (58,45 euros al mes -14 mensualidades-) y prestaciones de otros regímenes de protección social (variable).

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