El Constitucional evita que los Albertos entren en prisión por un tecnicismo

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J.A. Bravo - madrid
León

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El Tribunal Constitucional (TC) confirmó este miércoles lo que ya se sospechaba desde hace tres años por un controvertido fallo precedente sobre la prescripción de los delitos económicos, al anular la condena impuesta a los financieros Alberto Cortina y Alberto Alcocer por el llamado «caso Urbanor» y evitar así su ingreso en prisión en base a un tecnicismo jurídico. Todo ello casi un lustro después de que fueran condenados por el Tribunal Supremo -la máxima instancia judicial ordinaria- a tres años y cuatro meses de cárcel por sendos delitos de estafa y falsedad en documento mercantil, sobre cuya autoría no entra el órgano máximo interprete de la Carta Magna pues sus competencias se limitan a determinar si se han vulnerado derechos fundamentales. Así lo creen en este caso los miembros de la Sala Segunda del TC -con un voto particular discrepante-, quienes afirman que los Albertos vieron lesionado su derecho a la tutela judicial efectiva en relación a su derecho a la libertad personal, al no ser el Supremo lo suficientemente estricto al valorar la prescripción de las acusaciones. Aducen que sus colegas del alto tribunal asimilaron como si fuera una querella -«defectuosa»- un escrito sin poder especial ni firma donde se denunciaba un delito perseguible.

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