El Constitucional avala que los abertzales no tengan grupo
El Tribunal Constitucional aclaró ayer que el Tribunal Supremo es competente para anular cualquier acuerdo de un parlamento -autonómico o estatal- que trate de impedir el cumplimiento de una resolución judicial firme. La corte, en un fallo unánime, recuerda que el cumplimiento de las resoluciones judiciales firmes, sean autos o sentencias, es algo a lo que quedan obligados todos, «ciudadanos y poderes públicos, de manera indiscutible e innegociable». La Sala Segunda del Constitucional establece esta doctrina en la resolución en la que rechaza los recursos de amparo presentadas por miembros de la Mesa y de la Junta de Portavoces del Parlamento Vasco, en los que acusaban al Supremo de exceso de jurisdicción y violación del derecho a la participación política, por entender que había invadido competencias del poder legislativo. El Supremo, de 1 de octubre de 2003, anuló cinco acuerdos del Parlamento vasco que impedían cumplir la orden de disolver el grupo de Socialistas Abertzales (SA).