Diario de León

La Rioja y Castilla y León habían recurrido porque Euskadi tenía un Impuesto de Sociedades más bajo

El Tribunal de la UE avala la autonomía del País Vasco para fijar sus impuestos «El fallo es un espaldarazo y no hay compensaciones»

El TSJ del País Vasco determinará si se cumplen los requisitos legales de autonomía fiscal

GORKA ESTRADA

GORKA ESTRADA

Publicado por
agencias | madrid
León

Creado:

Actualizado:

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó ayer que las haciendas forales vascas pueden fijar un impuesto de sociedades diferente al del resto del Estado español porque disponen de suficiente autonomía en el ejercicio de sus competencias legislativas en materia tributaria. El pronunciamiento del Tribunal europeo tiene gran repercusión, pues las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla-León habían planteado numerosos recursos judiciales porque Euskadi tenía un Impuesto de Sociedades más bajo. El Tribunal europeo determina que corresponde al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco determinar si se cumplen todos los criterios de autonomía fiscal exigibles. El Tribunal de la Unión Europea respaldó ayer la autonomía fiscal de Euskadi. A primera hora de la mañana, hizo pública una sentencia en Luxemburgo en la que se concluye que el País Vasco tiene la potestad de fijar sus propios impuestos, aunque éstos sean distintos a los del resto del Estado. Esta decisión supone un blindaje al Concierto Económico de Euskadi, recogido en el Estatuto de autonomía vasco. No obstante, la UE puntualiza que es el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco el que debe determinar con precisión si el País Vasco cumple con todos los requisitos de autonomía fiscal exigibles. La sentencia del TUE responde a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en septiembre de 2006. El Tribunal vasco reclamó al europeo que aclarara si, de acuerdo con la legislación de la UE, la fiscalidad vasca podía ser diferente a la vigente en el resto de España. Para ello, se basaba en el precedente establecido por la sentencia sobre la fiscalidad de las islas Azores, que abría esa posibilidad. El objetivo de esta cuestión era poner fin a las disputas en torno a la decisión de 2005 de las tres autoridades forales vascas de situar en el 32,5% el tipo del impuesto sobre sociedades frente al 35% vigente en el Estado español. Esta decisión fue denunciada por las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla y León. El TUE reitera su doctrina de que para que esta diferencia de tipos impositivos entre el País Vasco y el resto de España no se considere una ayuda de Estado ilegal la entidad infraestatal en cuestión debe tener una autonomía institucional, de procedimiento y económica suficiente. En el caso del País Vasco, hay que tomar como referencia para verificar que se cumplen las condiciones tanto los Territorios Históricos como la Comunidad Autónoma. Estatuto político Respecto al criterio de autonomía institucional, el Tribunal de Justicia constata que «entidades infraestatales como los Territorios Históricos y la Comunidad Autónoma del País Vasco cumplen dicho criterio, ya que poseen un estatuto político y administrativo distinto al del Gobierno central». En cuanto a la autonomía en materia de procedimiento, la sentencia señala que dicho criterio se cumple en la medida en que la decisión de la autoridad infraestatal haya sido adoptada sin que el Gobierno central pudiera intervenir directamente en su contenido. A este respecto, el TUE aporta determinada precisiones. Por lo que se refiere al criterio de autonomía económica y financiera, éste exige que las consecuencias financieras de una reducción del tipo impositivo nacional aplicable a las empresas localizadas en la región no se vean compensadas por ayudas o subvenciones procedentes de otras regiones o del Gobierno central. El TSJ del País Vasco también debe examinar si determinadas normas forales adoptadas por los Territorios Históricos pueden implicar compensaciones ocultas en sectores como la Seguridad Social. El lendakari, Juan José Ibarretxe, afirmó ayer que la resolución del Tribunal de Justicia de la UE sobre el Impuesto de Sociedades constituye un «espaldarazo» al Concierto Económico, al tiempo que ha negado que existan compensaciones del Estado en la negociación del Cupo. El lendakari y los diputados generales de Guipúzcoa, Markel Olano, Vizcaya, José Luis Bilbao, y Álava, Xabier Agirre, expresaron su «profunda alegría» por el fallo de la corte de Luxemburgo en una comparecencia pública celebrada en la Diputación guipuzcoana. El TJ de la UE ha fallado que las haciendas vascas cumplen los principios de autonomía política. | efe

tracking