Diario de León

El juez cree que robaron niños que nunca han sabido su identidad real

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l.f.r.g. | madrid
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La muerte de Franco como base de un archivo no deja de ser una añagaza. La iniciativa de Garzón parece ser un quiebro para evitar el duro varapalo que le preparaba el pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, la mayoría de cuyos integrantes no le creen competente para investigar el franquismo. La inhibición no frena, pero sí deja sin consecuencia el recurso del fiscal jefe, que defiende que el juez no es competente para abrir una investigación penal al franquismo, lo que sería una causa general proscrita por la ley española, entre otros argumentos. En esa tesitura, Garzón desiste, pero lo hace en una resolución de 152 folios que dedica 140 a recoger argumentos que le dan la razón: es competente para investigar el franquismo, que se fraguó en una estrategia delictiva consistente en la detención ilegal sin dar razón del paradero de la víctima -equivalente a desaparición forzada- de miles de personas, delito cometido en el contexto de crímenes contra la humanidad, en conexión con un delito contra altos organismos de la nación y la forma de gobierno. Sus argumentos son conocidos la mayoría. Incorpora algún elemento nuevo, como la reciente resolución del comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, que pide a España la derogación de la Ley de Amnistía para eliminar obstáculos al perseguir los crímenes franquistas. Aspecto novedoso Pero lo más novedoso de la resolución de Garzón es que puede haber víctimas del franquismo en el periodo investigado -julio de 1937 a diciembre de 1951- vivas. Se trata de «personas que durante su primera infancia o preadolescencia» fueron sustraídos a la tutela de sus madres naturales durante la guerra o tras la misma. También, aquellos niños de la guerra que fueron «recuperados» contra la voluntad de sus progenitores en el extranjero, entre 1939 y 1949, a través sobre todo del Servicio Exterior de Falange. Por una u otra vía, «miles de personas desde entonces vivieron y, en su caso, viven, sin conocimiento de cual es o fue su identidad real, por lo que los efectos del delito se mantienen incólumes, no sólo porque es probable que no se haya producido el deceso, sino porque, en el caso de que así hubiera sido, no se dispone, al menos en este momento, de dato alguno sobre cuál fue la data de aquél». El Poder Judicial, concluye Garzón, está obligado a investigar esas identidades robadas, porque «olvidar esta realidad por más tiempo y poner trabas a la investigación sería tanto como contribuir a la perpetuación de los efectos del delito y ello, además de injusto, sería cruel para las víctimas y contrario a los derechos humanos de toda la sociedad española y de la comunidad internacional».

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