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León

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La veleta | josé cavero

No sin sorpresa, la Sala Penal del Tribunal Supremo acordó por unanimidad, archivar la causa contra el lehendakari, Patxi López; su predecesor en el cargo, Juan José Ibarretxe; y el consejero de Interior, Rodolfo Ares, por las reuniones mantenidas con los también imputados Arnaldo Otegi y otros cuatro dirigentes de la ilegalizada Batasuna, durante la última tregua de ETA, en 2006. El alto tribunal entiende que no puede haber delito de «desobediencia» por hablar con organizaciones ilegalizadas si no hay un requerimiento expreso previo que se haya incumplido. El Supremo ha ido un paso más allá que el TSJ Vasco, que en enero de 2009 ya había archivado el caso por razones de forma y acordó el sobreseimiento y archivo del proceso por no considerar delictivas las conversaciones del entonces lendakari Ibarretxe y dirigentes del PSE-PSOE con Batasuna.

La sentencia, que se conocerá en unos días, contiene un primer pronunciamiento por el cual se estima el recurso de las asociaciones Foro de Ermua y Dignidad y Justicia, a las que se reconoce «legitimidad» para solicitar la apertura de juicio contra López y Ares, Ibarretxe, Otegi y cuatro dirigentes de Batasuna. Pero, a continuación, el Supremo entiende que el TSJ Vasco no aplicó correctamente la doctrina de la Sala Penal sobre la acción popular, basada en la denominada doctrina Botín, llamada así porque se aplicó para levantar del banquillo al presidente del Banco Santander. En una reinterpretación de tal doctrina, la Sala decidió que en a quellos casos de delitos que carecen de perjudicados concretos y nadie ejerce la acusación particular, la acusación popular puede instar la apertura del juicio oral, aunque el ministerio fiscal no acuse. En ese sentido, y en contra de lo acordado por el tribunal vasco, el Supremo resolvió estimar el recurso de Foro Ermua y Dignidad y Justicia y considerarlas «legitimadas» para acusar a los dirigentes políticos. Sin embargo, tras admitir la legitimación de las acusaciones populares, el Supremo, en vez de devolver la causa al País Vasco, estimó la petición de la defensa de Ibarretxe y del fiscal y entró en el fondo del asunto, es decir, en establecer si mantener conversaciones con dirigentes de organizaciones ilegalizadas es delito o no. Según las fuentes consultadas, el alto tribunal aplicó en este punto la que podría denominarse doctrina Zapatero, en referencia a una resolución del 13 de noviembre de 2006 en la que el Supremo avaló los encuentros del PSE-PSOE con la ilegalizada Batasuna. El Foro Ermua y la asociación Digni dad y Justicia tildan la decisión judicial de «chapuza jurídica». Pero la doctrina ha quedado clara: no hay delito en dialogar con los ilegalizados del mundo ETA-Batasuna...

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