Diario de León

TRIBUNA

El Consejo Económico y Social ¿y sindical?

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

Hace más de 25 años, y en estas mismas páginas (Diario de León 5 de noviembre de 1988), advertíamos lo que nosotros pregonábamos sobre lo que debería ser un Consejo Económico y Social: «… aunque la contestación callejera perdurase, los sindicatos tendrían un foro, los profesionales un ágora, los empresarios un lugar de estudio de la economía (…) una técnica política de voces e inquietudes». Poco después y por la Ley 13/1990 de 28 de noviembre se crea el Consejo Económico y Social de Castilla y León, con sede —¡cómo no!— en Valladolid. En su exposición de motivos hay una decisión que, a nuestro entender, es fundamental: «el establecimiento de una marco estable y permanente de comunicación y diálogo, tanto de las organizaciones empresariales y sindicales entre sí…». Parecía que bajo esta perspectiva se iban a solucionar estos problemas en un lugar distinto a la reivindicación callejera. Falso futuro. Pues lo que se dice en el preámbulo no se traduce desde las funciones en un órgano consultivo. Que, además se crea bajo el mandato del artículo 9.2 de la Constitución o la «participación de los ciudadanos en la vida política y social». Nada de cauce, nade de diálogo. Y para que se vea que no accede a la asunción de problemas y reivindicaciones sindicales, léanse varios de los informes que se citan en la memoria (2013) del citado consejo: informe sobre el bingo, informe sobre juego y apuestas, informe sobre suministro de gas, informe sobre urbanismo, informe sobre casinos, etc. Nada de presentar informes sobre convenios colectivos, sobre huelgas, sobre regulación de empleo, sobre solución de conflictos; no, los sindicalistas que acuden al citado consejo dictaminan sobre el juego del bingo.

Ni siquiera el CES de carácter nacional que se crea en el año 1991, se hace como consecuencia del mandato del artículo 131 de la Constitución. En este precepto se ordena que se cree un Consejo de «colaboración de los sindicatos» en la planificación económica; si a esta misión unimos la que tienen los sindicatos de promocionar y defender los intereses que les son propios, se completa el marco institucional en que han de participar los sindicatos: reivindicación, diálogo y colaboración. La participación de los «agentes sociales» (dejémonos de subterfugios, son sindicatos) es clara tanto en el CES nacional como en el autonómico, pero ello no puede compadecerse con ser simples asesores consultivos. Debe de ser cauce la defensa vocacional del mundo del trabajo. Las manifestaciones que a diario vemos en la calle o a pie de fábrica, deberían de ser encauzadas a través del CES en lugar de perder el tiempo en dictámenes sobre medios electrónicos o bingos.

Esta participación sindical en las instituciones —y aceptación de las normas de la Constitución— tiene su fiel reflejo en los estatutos de algunos sindicatos. Por ejemplo el que se denomina «de clase» (arcaica expresión decimonónica) de Comisiones Obreras se dice que «desarrolla en el marco legal de la Constitución Española (…) respetando la misma». Tan loable premisa no lleva aparejada una práctica en sus actuaciones, puesto que no hay manifestación sindical en la que no se vean banderas no constitucionales o las foráneas con la hoz y el martillo.

Cuando el CES de Castilla y León contiene entre sus funciones el de «participación de los interlocutores sociales», no debe querer decir otra cosa que la de ser cauce de reivindicaciones o protestas. No se entiende que unos trabajadores en huelga se encierren en su centro de trabajo, que se monten mesas petitorias en plena calle, que se manifiesten con pancartas y banderas ilegales y no se encaucen estas reivindicaciones en el seno de un órgano que se crea precisamente para eso, para la comunicación permanente y el diálogo. Por eso digo que a pesar del rimbombante nombre de «social», no es el organismo de participación sindical que sea deseable.

El mismo CES es un órgano tripartito, en el que están representados los sindicatos, los empresarios, asociaciones y expertos. Si de verdad fuese un órgano de participación y no un órgano consultivo (por cierto, cuántos órganos consultivos necesitan los políticos y sus asesores que no saben decidir por sí mismos) tendría que asumir las propuestas sindicales que día a día se manifiestan en la prensa, a saber: «UGT defiende la viabilidad del aeropuerto de León», «UGT advierte que el tren a Galicia peligra», «CC OO contra la Ley de Régimen Local», «los sindicatos reclaman revisión del modelo lingüístico», «CC OO denuncia la mala calidad del menú escolar en comedores privados». Como puede advertirse son propuestas que o bien se exceden de la función sindical o no tiene el foro preciso para su eficacia. Se debe de ser práctico y proceder al desarrollo de la función principal del CES: «Canalizar demandas y propuestas de carácter socioeconómico procedentes de instituciones de actividad social». Para eso están miembros de los sindicatos en su seno y así podría ser, en efecto, un consejo sindical para cumplir el mandato constitucional de «asesoramiento y colaboración de los sindicatos».

tracking