TRIBUNA

La ley de violencia de género para el hombre

Publicado por
Felipe Pérez del Valle abogado
León

Creado:

Actualizado:

H ay un día para recordar a las mujeres víctimas de violencia machista (el 25 de noviembre, día internacional para la eliminación de la violencia de género), pero no hay un día para recordar a los hombres que son asesinados.

Hay manifestaciones para recordar a las mujeres asesinadas por violencia de género, pero ninguna para recordar a los hombres asesinados por sus parejas.

Se han concedido ayudas millonarias a las asociaciones feministas para la asistencia de las mujeres víctimas de violencia de género. Ninguna ayuda se facilita a las asociaciones de hombres para los mismos fines.

Hay estudios muy sesudos sobre la violencia machista, convenientemente remunerados, así como estadísticas de todo tipo reflejando a la mujer como víctima y al hombre como victimario. Ningún estudio o estadística existen subvencionados a favor del hombre como víctima.

Se fomenta la denuncia de las mujeres contra los hombres con ayudas considerables: asistencia social integral, derechos laborales, en materia de seguridad social, en materia de empleo, ayudas económicas, autorización de residencia y trabajo a extranjeras, asistencia jurídica gratuita. Nada de esto está previsto para los hombres.

Se dice que existe una situación tradicional de dominación del hombre sobre la mujer y que por eso se ha de proteger a la mujer, castigando al hombre, hombre en general, porque el hombre es machista y la mujer su víctima. No se tiene en cuenta que hay hombres criminales concretos y mujeres víctimas.

También se destaca que la sociedad española es machista, como si el hombre dominara todos los sectores. Ahora bien, en educación, en el profesorado las mujeres representan en conjunto el 66,2%: en educación infantil el 97,6%; en educación primaria el 81,10%; y en educación secundaria, bachillerato y formación profesional el 57,7%. Es decir, que educan predominantemente las mujeres y no los hombres.

Sobre la justicia, donde también se destaca su machismo por unas resoluciones resaltadas por los medios de información, el predominio de la mujer es evidente en los Juzgados que tramitan la mayoría de las causas: en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, el porcentaje de mujeres magistradas es del 71,4%, y en los Juzgados de lo Penal el 61,8%.

Toda esta diferenciación de la mujer respecto del hombre se justifica por el número de asesinatos de mujeres para sus parejas, cifras que conocemos perfectamente pero no se suele indicar la participación de españoles:

47 en 2018 (29 agresor español)

51 en 2017 (34 agresor español)

49 en 2016 (29 agresor español)

60 en 2015 (44 agresor español)

55 en 2014 (37 agresor español)

54 en 2013 (37 agresor español)

52 en 2012 (39 agresor español)

62 en 2011 (43 agresor español)

73 en 2010 (44 agresor español)

La tercera parte de los agresores son extranjeros y las víctimas son extranjeras, no educadas en España y sin los valores españoles. El reseñado como primer caso de violencia de género del año 2019 la víctima fue una mujer dominicana de 26 años de edad, con 3 años en situación irregular en España, y su presunto asesino un ecuatoriano de 29 años: no es violencia machista española.

No existe una estadística similar para los hombres, pero una reciente información publicada en el diario El País , de 16 de diciembre de 2018, titulado Así se mata en España, sobre un Informe nacional del Ministerio del Interior de Homicidios en España en los años 2010 a 2012, destacaba que el 62% de los homicidios son de hombres a hombres; el 28% de hombres a mujeres; el 7% de mujeres a hombres y el 3% de mujeres a mujeres.

Es cierto que el hombre mata cuatro veces más a la mujer que la mujer al hombre. Pero esto sucede en todo el mundo, sobre todo en los países considerados más ricos y mejor educados, sin que en otros países se hayan dictado leyes tan severas como en España en perjuicio para el hombre. Así podemos resaltar que desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género, de 28 de diciembre de 2004, con efectos penales desde el 29 de junio de 2005 y hasta el 30 de junio de 2018 (13 años):

El número de hombres procesados asciende a 2.420.777. Se han dictado 1.250.763 resoluciones judiciales derivadas de esos procedimientos, y más de la mitad por causas que hace poco tiempo eran simples faltas (insultos, vejaciones, maltrato sin lesión).

El total de hombres condenados ha sido de 389.133, el 31,11%, la tercera parte de los resueltos, la mitad por simples faltas, ahora denominadas delitos leves.

El total de hombres ¡no concdenados! asciende a 861.630, el 68,89%. Dos tercios de los hombres enjuiciados no han sido condenados, comprendiendo sentencias absolutorias, sobreseimientos libres y provisionales.

A los hombres no condenados no se les compensa, indemniza o se le pide perdón por sus padecimientos derivados de la detención policial, estancia en un calabozo policial, sometimiento a un procedimiento penal e incluso prisión; en el ámbito civil no pueden recuperar el tiempo que les privaron de estar con sus hijos, con sus amigos, en su domicilio, y por supuesto, no se hace la misma publicidad de su absolución que de su detención.

Nunca en la historia judicial española se ha producido un número tan elevado de procedimientos penales y, ni mucho menos, un número tan elevado de no condenados.

Cargando contenidos...

Es hora de que se deroguen los efectos penales de la Ley de Violencia de Género para que no se den esos efectos perversos y a fin de garantizar una igualdad plena entre la mujer y el hombre en el ámbito penal.