Diario de León

TRIBUNA

La ley de Montes, una ley de futuro

Publicado por
Mariano Torre Antón
León

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EN LAS ÚLTIMAS décadas se han producido intensos cambios que han transformado nuestra sociedad y nuestro paisaje. Estos cambios han sido especialmente intensos en los territorios de montaña. Los bosques de nuestra comunidad han evolucionado de forma muy positiva en el último cuarto de siglo. Desde el primer inventario nacional al tercero, la superficie arbolada ha aumentado en 25 años en 850.000 hectáreas (de ellas 200.000 en León) y por cada habitante hay actualmente 1300 árboles, cifra sólo superada en la Europa de los 25 por Suecia y Finlandia. Nuestros bosques fijan una cantidad de CO 2 del 75 % de los derechos de emisión asignados, son ecosistemas de una alta biodiversidad por lo que dos tercios están declarados como Red Natura 2000 y son la base de un sector productivo que cada año aumenta y que ya supera los 20.000 empleos directos. Esto no ha ocurrido por si solo. El esfuerzo de la Junta Castilla y León ha sido muy notable y continuado. Nuestra comunidad está a la cabeza nacional respecto a la inversión en la última década. Según el estudio de inversión en el sector forestal destinamos el 7,08% de la inversión autonómica a los montes, cuando la inversión media en España es del 3,41%. (Cataluña sólo destina el 0,59% de su inversión a los montes o Asturias el 1,2%, por ejemplo). Somos la región con más superficie con proyecto de Ordenación (planificación de detalle de montes individuales), cerca de 450.000 has. y casi la mitad (46,3%) de la superficie de toda España con certificado de Gestión Forestal Sostenible, está aquí. El sector forestal es un motivo de orgullo para nuestra Comunidad y para la provincia de León en particular, por su importancia actual y es estratégico por su potencialidad como actividad generadora de empleo en el medio rural. La relación del hombre con el medio forestal también ha sufrido una evolución trascendental. Una sociedad cada vez más urbana reclama de los montes no sólo bienes materiales en el sentido tradicional de la palabra como maderas, leñas, pastos o caza, sino que se ha afianzado el concepto de productores de servicios o bienes ambientales como la conservación de la biodiversidad, la regulación de los ciclos del agua y del carbono o el ocio. La entrada en vigor de la nueva Ley Básica de Montes del año 2003, recoge esta nueva dimensión de los montes y como consecuencia modifica el régimen jurídico de los montes públicos más valiosos, es decir de los Montes de Utilidad Pública (953 en la provincia de León), al considerarlos por primera vez en sus 150 años de historia como Bienes de Dominio Público por su aportación destacada a la conservación y al interés general. Los otros montes propiedad de entidades locales, denominados genéricamente «Montes de Libre Disposición» (628 en la provincia de León) mantienen su estatus anterior. La nueva realidad de nuestro paisaje en el que, al contrario que hace 50 años, existen innumerables situaciones de indefinición entre el terreno agrícola y forestal consecuencia del abandono de los cultivos marginales, por un lado y del aumento de la presión urbanizadora en determinadas concentraciones humanas, por otro, obligan a una definición jurídica de los tipos de terrenos y de sus procesos de cambio, de forma que se determine con precisión la relación del ámbito forestal con estos otros dos ámbitos, si no queremos un territorio con un grado de desorganización que hipoteque el futuro rural. Por otra parte el fenómeno de los incendios forestales, su relación con formas de manejo del territorio preforestales, hace necesario el desarrollo del capítulo de incendios de la ley básica dentro de una ley de montes, al contrario de lo que viene diciendo el Partido Socialista Obrero Español en Castilla y León (en el Ministerio no opinan lo mismo pues lo han mantenido en la ley), pues no se puede considerar la extinción desconectada de la prevención. Por todos estos motivos estamos ante una Ley importante que va a afianzar las bases del desarrollo de un sector que es imprescindible para el futuro de nuestras comarcas; por tanto una Ley de futuro. La Ley descansa en la gestión planificada como garantía de conservación con varios niveles de planificación, frente a la felizmente caduca idea de la no actuación como expresión de la conservación. La planificación permite integrar la gran cantidad de funciones que deben cumplir los montes para lograr una gestión, cada día más compleja desde el punto de vista técnico. Otro aspecto que demuestra la atención a las entidades propietarias es la condonación de deudas por los contratos de repoblaciones antiguas. La Junta renuncia al porcentaje de la corta que iba a saldar la deuda. Por lo tanto no se rebajan las competencias de las entidades propietarias de los Montes de Utilidad Pública, que en nuestra provincia salvo en algún caso excepcional son Juntas Vecinales, sino que se refuerzan desde una filosofía de responsabilidad hacia toda la sociedad. ¿Es intervencionista, como dice el Partido Socialista Obrero Español, este ejercicio de responsabilidad compartida? Es necesario remarcar que la entidad propietaria gestiona directamente los aspectos económicos del monte que son los que afectan directamente al círculo de sus intereses en consonancia con la Ley de Bases de Régimen Local, mientras que la administración regional, como garante del círculo de intereses de todos los ciudadanos, gestiona los aspectos técnicos, es decir los vinculados a la conservación y permanencia del monte para toda la sociedad, en coherencia con la declaración de los Montes de UP como bienes de dominio público. Ya se ha dicho que más allá de la consideración especial de la importancia para toda la sociedad, es decir su «utilidad pública» reconocida desde hace siglo y medio, la ley básica de Montes del 2003 eleva a rango de «dominio público» su relevancia. Si hasta ahora no se ha cuestionado la participación en la gestión de los montes de utilidad pública de la administración regional por sus propietarios. Y realmente no ha existido tal demanda. ¿Qué sentido tiene hacerlo ahora cuando la ley básica eleva el rango de su importancia para toda la sociedad? Cuando cobra cada vez más importancia la conservación de la Red Natura, de la que forma parte el 70% de la superficie de los montes de UP, y toda la sociedad española ha asumido un compromiso internacional en su conservación, que va aumentar notablemente la complejidad de la gestión. ¿Qué sentido tiene proponer una «actitud absentista» (de facto) a la administración regional? Sólo tiene una explicación. Hablar de intervencionismo es un buen pretexto para la pelea política. Aunque sólo sea un concepto huero. Amenazan con presentar mociones en todos los ayuntamientos. Si fueran consecuentes las deberían presentar también en todas las comunidades autónomas vecinas en donde gobiernan desde hace muchos años. En Asturias o Castilla la Mancha, por no poner la lista completa, la respectiva administración regional ejerce en lo fundamental el mismo tipo de papel que aquí. Les invito a que modifiquen está situación antes de exigirla como si fuera vida o muerte en las comunidades donde no gobiernan, aunque me temo que en Asturias acaban de perder la oportunidad recientemente, pues su Ley de Montes es del año 2004. ¿Presentó el partido socialista mociones en los ayuntamientos asturianos tal vez? La realidad es que sólo es un banderín de enganche para movilizar a sus bases de cara a las elecciones autonómicas. ¿Saben ustedes porqué no hay una demanda social previa? Porque no hay nada en la gestión de los montes de UP que se haga sin el consentimiento de sus propietarios. Y el gobierno regional quiere que siga siendo así. La base de la polémica reside en el falseamiento o al menos el desconocimiento de la historia forestal. Se presenta una opción que no quita nada de gestión a las juntas vecinales respecto de lo que se viene haciendo desde hace más de 100 años, desde su declaración de utilidad pública, como si realmente iniciáramos un nuevo periodo en el que a las juntas vecinales se les quitan competencias. No es así.

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