¿Hablamos de España?
De los profesores y la enseñanza de Religión El Tribunal Constitucional, en una polémica sentencia referente a una profesora canaria a la que no se le ha renovado el contrato aduciendo su comportamiento privado, ha considerado que la elección de los profesores puede extenderse a su conducta «en la medida en que el testimonio personal» supone para la comunidad religiosa «un componente definitorio de su credo», hasta el extremo de que este supuesto es «determinante» de la idoneidad para la docencia, y añade: «La exigencia de la Declaración Eclesiástica de Idoneidad para poder impartir» la enseñanza religiosa en los centros educativos «no puede estimarse irracional o arbitraria». Desde la firma de los Acuerdos Iglesia-Estado de 1979, es el ordinario de cada diócesis quien elige al profesorado de Religión católica de acuerdo con unos criterios realmente comunes aprobados por la Conferencia Episcopal y siguiendo las directrices del Código de Derecho Canónico en lo que se refiere a la remoción y cese del mismo. El dictamen del Tribunal Constitucional no tiene consecuencias en la aprobación definitiva del Real Decreto que regulará el Estatuto Laboral del profesorado de Religión, en concreto en la redacción de las cláusulas de extinción del contrato, donde se considera como causa de despido la retirada motivada de la acreditación para impartir clases de religión de la Confesión religiosa que la otorgó. El citado Real Decreto, negociado con los sindicatos y aún en borrador, establece que los contratos de profesorado de Religión serán indefinidos y se regirán por el Estatuto de los Trabajadores. El acceso a la docencia se hará respetando los criterios de igualdad, mérito y capacidad. Desde Anpe respetamos el contenido de la sentencia pero solicitamos a las administraciones autonómicas, a las diferentes diócesis y representantes del profesorado un acuerdo global que garantice la estabilidad de este colectivo, el acceso y la movilidad siguiendo criterios objetivos, así como la justificación de todos los casos de extinción del contrato para que el afectado pueda ejercer su derecho a defenderse ante las instancias civiles o eclesiásticas que estime oportunas. Manuela Díez Fernández (Presidenta de Anpe León) La plataforma de la Catedral, una osadía Quiero manifestar a través de su periódico, en el apartado de las cartas, mi consternación por lo que considero un desacierto indignante: la famosa plataforma que están colocando en la Catedral. Los curas tendrán sus razones para autorizarla, pero no deja de ser otra puñalada al edificio g ótico del que tanto nos enorgullecemos los leoneses. Yo simplemente hago esta pregunta: muchos ciudadanos hemos sido víctimas de las veleidades de la Junta, que pone mil dificultades para instalar una simple placa en una pared y para arreglar las ruinas de un edificio. ¿No dicen nada ante esta ignominia estética? Alguien me intentó explicar con razones infantiles por qué la estaban instalando a toda velocidad. Soy un simple aficionado, pero siempre he oído que la Catedral de León ha sufrido muchos desastres desde que la hicieron. Éste, a todas luces, aumenta impunemente el número. Bernardino López Morán (León). Esteban Martín (En la edición diariodeleon.es)