Diario de León

MOVILIZACIÓN SINDICAL

Archivada la causa contra Sánchez Gordillo por el asalto a un supermercado

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía pide que se continúe la instrucción contra los participantes materiales

El alcalde de Marinaleda, Juan Manuel Sánchez Gordillo (derecha), se dirige a los militantes del SAT que entraron en un supermercado de Écija, en agosto del 2012.

El alcalde de Marinaleda, Juan Manuel Sánchez Gordillo (derecha), se dirige a los militantes del SAT que entraron en un supermercado de Écija, en agosto del 2012.

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JULIA CAMACHO / Sevilla
León

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha archivado la causa contra el alcalde de Marinaleda y parlamentario andaluz Juan Manuel Sánchez Gordillo (IU) por el asalto a un supermercado en Écija (Sevilla) en verano del 2012 al entender que "no existen indicios de su participación material en los hechos".

El ministerio fiscal ya había solicitado el sobreseimiento provisional tras visionar las pruebas videográficas y escuchar la declaración de propio Sánchez Gordillo, ya que estimó que este no participó materialmente en los hechos. Así, la resolución del TSJA hace hincapié en que el diputado autonómico se encontraba en el exterior del establecimiento y llegó al lugar de los hechos una vez que se había consumado el asalto al establecimiento por parte de miembros y simpatizantes del Sindicato Andaluz de los Trabajadores (SAT), del que es integrante.

En este sentido, el alto tribunal andaluz apunta a que Sánchez Gordillo se desplazó hasta las inmediaciones del supermercado "para apoyar aquello que consideraba solo un acto político". Una actuación que según el magistrado instructor de la Sala Civil y Penal podría calificarse como apología de lo llevado a cabo, aunque matizando que "la apología, salvo los casos expresamente contemplados por la ley penal, solo será delictiva como forma de provocación y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito, lo que no es posible cuando la conducta ya se ha materializado".

Un hecho constitutivo de delito

El TSJA considera que el asalto al supermercado de una conocida cadena valenciana sí es indiciariamente un hecho constitutivo de delito --aunque la intención perseguida no fuera la de enriquecimiento personal--, por lo que acuerda remitir la causa al Juzgado de Écija para la conclusión de la instrucción y, si corresponde, el enjuiciamiento de quienes participaron materialmente en lo ocurrido.

El asalto se produjo el 7 de agosto de 2012, cuando una treintena de simpatizantes y miembros del SAT entraron en un supermercado de Écija --localidad cercana a Marinaleda-- y llenaron alrededor de diez carros con alimentos como aceite, azúcar, arroz, pasta, leche, galletas y legumbres. Cuando llegaron a la caja, intentaron salir sin pagar y se produjo un forcejeo entre los sindicalistas y los empleados del establecimiento en el que incluso llegó a intervenir la Policía. "En este momento de crisis, cuando están expropiando al pueblo, queremos expropiar a los expropiadores, esto es, terratenientes, bancos y grandes superficies, que están ganando dinero en plena crisis económica", justificó Sánchez Gordillo la acción.

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