Se podrá registrar a los recién nacidos en el mismo hospital desde octubre
A partir del próximo 15 de octubre los padres de los recién nacidos ya no deberán trasladarse al Registro Civil para inscribir a sus hijos como ciudadanos. Podrán hacerlo directamente desde el hospital donde ocurra el nacimiento, antes de que la madre y el bebé reciban el alta. Serán los centros sanitarios los encargados de trasladar la documentación pertinente al registro, en un plazo máximo de 72 horas desde el nacimiento. Los facultativos deberán identificar al bebé y certificar su filiación materna.
El texto no reconoce el derecho de inscripción en el Registro Civil de los hijos de españoles nacidos mediante gestación subrogada en el extranjero, también conocida como «vientre de alquiler», pese al anuncio que hizo en diciembre el ministro de Justicia, Rafael Catalá, en este sentido.
Tampoco será necesario desplazarse al Registro Civil para notificar los fallecimientos. Este trámite también podrá realizarse desde el hospital.