El Supremo obliga a pagar 25.000 euros al leonés Rubén Calleja por negarle la educación inclusiva
El Tribunal Supremo da la razón a la familia tras 14 años de lucha por la expulsión de su hijo con Síndrome de Down de un colegio ordinario y cinco desde el dictamen del comité de la ONU

Rubén Calleja, en una foto de archivo, en su trabajo en el centro de Alzhéimer León.
Rubén Calleja y la educación inclusiva están de enhorabuena. Por segunda vez, y esperan que sea la definitiva, el Tribunal Supremo ha dado la razón a la familia leonesa que desde hace 14 años lucha contra la expulsión de su hijo con síndrome de Down de la escuela ordinaria.
El alto tribunal ha estimado el recurso de casación de Alejandro Calleja y Lucía Loma en una sentencia que reconoce una indemnización de 25.000 euros por los daños morales causados a esta familia que además de la expulsión de su hijo de un centro escolar en la capital sufrió un proceso judicial iniciado por la fiscalía por abandono de menor.
"Procede estimar el recurso contencioso-administrativo y anular la denegación por silencio por el Ministerio de Justicia de la indemnización que le reclamaron", señala la sentencia, si bien el importe reconocido es muy inferior a las pretensiones de la familia Calleja-Lucas, que reclamó 350.000 euros por los daños morales sufridos.
Avalado por seis de los siete magistrados, con el voto particular en contra de una magistrada, el fallo reprocha a la Audiencia Nacional que desestimara resarcir a la familia, tal y como dictaminó el Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU en el dictamen que determinó que el Estado español había desatendido el derecho a la educación del menor.
El Tribunal Supremo deja sentado que el dictamen del Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad es vinculante para el Estado español y que España al ratificar la convención se adhiere automáticamente al protocolo facultativo, "ha reconocido la competencia del comité".
"Después de 14 años de lucha y resistencia en defensa del derecho fundamental a la educación inclusiva de Rubén y de cinco años de dictamen del comité de la ONU sobre los derechos humanos de las personas con discapacidad, por fin tenemos una segunda, y esperamos que definitiva sentencia del Tribunal Supremo que reconoce la vulneración de derechos que sufrió Rubén y su familia", señaló Alejandro Calleja, padre de Rubén al conocer la sentencia.
"Ha sido un camino largo, difícil, tortuoso y lleno de dificultades que siempre mereció la pena transitar, pues nuestro hijo Rubén es el motor de esta lucha", apostilla.
La familia está satisfecha del fin de trayecto de esta lucha porque "demostramos que se pueden defender los derechos de nuestros hijos y que España, como estado parte de la CDPD, está vinculada y obligada a ello como manda también la Constitución Española".
La sentencia no solo es una victoria moral para la familia, sino que, en opinión del letrado que ha llevado el caso, el leonés Juan Rodríguez Zapatero, "abre muchas vías a la educación inclusiva". La sentencia hace hincapié en que la familia de Rubén Calleja no debió ser sometida a todo lo que supuso la defensa del derecho a la educación inclusiva.
"La violación no fue solo que Rubén no fuera matriculado sino la actuación de la fiscalía y el proceso judicial", valora el abogado de la asociación Solcom.
Otro aspecto relevante de la sentencia, de 40 folios, se refiere al valor que el Supremo da al contenido del artículo 27 de la Constitución. El derecho a la educación, subraya el tribunal, debe incardinar la educación inclusiva "en igualdad y sin discriminación". Asimismo, hace referencia a la nueva redacción del artículo 49 de la Constitución que orienta "la actuación de los poderes públicos a la inclusión de las personas con discapacidad en todos los ámbitos".