Cannabis con uso medicinal

El Consejo de Ministros lo autoriza en ciertos casos, con receta del especialista y en los hospitales

El cannabis de uso medicinal está restringido para determinadas afecciones.Fernando otero

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Agencias
Madrid

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El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Sanidad, el Real Decreto que regula el uso de fórmulas magistrales tipificadas elaboradas a partir de preparados estandarizados de cannabis para su uso medicinal en casos donde los tratamientos convencionales no son eficaces. «Esta regulación va a permitir que cuando los tratamientos convencionales no funcionen tengamos una alternativa terapéutica con toda la evidencia científica, por supuesto con toda la seguridad, para que se pueda recurrir a preparados de cannabis estandarizados, con la dosis precisa y la máxima garantía», señaló la Ministra de Sanidad, Mónica García, y se dispensará en los hospitales. Para la ministra, esta aprobación es una demanda «largamente esperada por el Congreso de los Diputados, por los profesionales y también por los pacientes», ya que «se trata de ofrecer respuesta a un sufrimiento real mediante una alternativa terapéutica que sea eficaz, rigurosa y que tenga la mayor evidencia disponible». Esta norma se aprueba en «situaciones muy concretas», en los que este abanico terapéutico se amplía, como puede ser en casos de pacientes que puedan tener dolor crónico, pacientes que puedan tener espasticidad o algunos casos de epilepsia o también personas que sufren náuseas y vómitos posteriores a la quimioterapia». No obstante, la ministra considera que «en un futuro» estas indicaciones se irán ampliando según la evidencia científica.

Sanidad explica que el cannabis es una sustancia sujeta a fiscalización internacional; sin embargo, la evidencia científica avalada por organismos internacionales ha demostrado beneficios en algunas condiciones clínicas concretas, como la espasticidad asociada a la esclerosis múltiple, ciertas formas graves de epilepsia refractaria, las náuseas y vómitos derivados de la quimioterapia y el dolor crónico refractario. El Ministerio indica que los medicamentos autorizados pueden resultar insuficientes y las fórmulas magistrales elaboradas a partir de preparados estandarizados de cannabis constituyen «una alternativa con potencial valor terapéutico, siempre bajo estricta supervisión médica y farmacéutica». El real decreto no establece un listado cerrado de indicaciones. En su lugar, determina que los usos clínicos autorizados, junto con las condiciones específicas de elaboración, dosificación y prescripción, se fijarán en las monografías que publique en un plazo de tres meses la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) en el Formulario Nacional.

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