El anteproyecto sobre el patrimonio de los discapacitados se aprobó ayer

Los parientes de disminuidos sólo heredarán si les atienden

La futura Ley de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad permitirá a los padres o tutores de un minusválido dependiente velar por su futuro cuando ellos fal

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Arantza Prádanos - MADRID.
León

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Esta iniciativa «blinda» además su patrimonio y sortea las actuales restricciones testamentarias para favorecer el legado de todos los bienes al hijo discapacitado. Es más, se fijan deducciones y exenciones fiscales a las empresas y particulares que aporten fondos a su patrimonio protegido. Según los cálculos del Gobierno, del total de los 3''5 millones de personas con alguna carencia orgánica o mental que hay en España (9% de la población), serán beneficiarios de la futura ley casi un millón y medio. Son los que cumplen los requisitos mínimos de la llamada «gran incapacidad»; aquéllos con minusvalías psíquicas igual o superiores al 33% (1.067.873 personas registradas), y quienes sufren taras físicas y sensoriales del 65% o más (377.824). Para todos ellos se crea la figura del «patrimonio especialmente protegido» que, una vez constituido, queda directamente vinculado a satisfacer las necesidades vitales del discapacitado. El fondo lo podrá crear el propio afectado, si discierne y es capaz de obrar de forma legal, o sus padres o tutores en caso contrario. Si éstos se negasen, el discapacitado en cuestión podría pedir a un juez que lo formalice. El patrimonio protegido «blindará» las aportaciones al mismo que hagan, bien el interesado si recibe algún tipo de ingreso, bien sus familiares. También podrán donar fondos algunas empresas relacionadas con el minusválido (por ejemplo, la empresa donde trabajen él o sus padres), o terceras personas previa autorización del responsable legal o judicial. Podrán administrarlo, según los casos, el propio discapacitado, padres o tutores, e incluso terceras personas e instituciones especializadas sin ánimo de lucro «si así lo decide el constituyente». La «hucha» del gran discapacitado no será sólo monetaria, también contendrá derechos. La futura norma, que requerirá modificaciones en el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y el marco tributario, permitirá a los padres legar al hijo discapacitado el total de la herencia, incluida la «legítima» (que obliga a repartir por igual entre todos los vástagos al menos un tercio de los bienes). A la muerte del beneficiario, la legítima volvería a sus hermanos o herederos.

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