La nueva ley de transgénicos fija multas de hasta 1,2 millones
La nueva ley que regula la utilización y comercialización de organismos modificados genéticamente (transgénicos), publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), obliga a etiquetar estos productos de forma adecuada y establece sanciones de hasta 1,2 millones de euros. Esta Ley, cuyo proyecto fue aprobado el 2 de agosto del pasado año por el Consejo de Ministros y que culminó su tramitación parlamentaria el pasado 3 de abril en el Congreso, regula la liberación voluntaria de transgénicos y la comercialización de estos organismos o de productos que los contengan, con el fin de proteger la salud humana y el medio ambiente. Adapta la normativa comunitaria a la legislación española y se base en los principios de «prevención y cautela», y los de información y participación pública, para que los ciudadanos tengan acceso a la información sobre la liberación o comercialización autorizada de estos organismos. Las autorizaciones para comercializar transgénicos, realizar ensayos, e importar o exportar productos que los contengan deberán ser otorgadas única y exclusivamente por el Consejo Interministerial de Organismos Modificados Genéticamente. La nueva ley define las competencias que en esta materia tendrá cada administración y otorga a las Comunidades Autónomas, entre otras funciones, las de la vigilancia, el control y la imposición de las sanciones. La norma establece sanciones para infracciones leves, graves y muy graves, y entre éstas está considerada la de liberar estos productos o comercializarlos sin autorización, lo que se sancionará con una multa de hasta 1.200.000 euros o la clausura de las instalaciones donde se ha cometido la infracción.